La regulación del trabajo autónomo fue una reivindicación histórica por parte de los representantes de los autónomos españoles, cuyo ordenamiento jurídico se remonta a un decreto de 1970, en el que se regulaba el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Ahora, 27 años después del Estatuto de los Trabajadores, los autónomos tienen también su propio marco jurídico.
El Estatuto define la figura del trabajador autónomo dependiente, establece la posibilidad de contratación laboral de los hijos menores de 30 años que convivan con el trabajador y contempla la posibilidad de celebrar acuerdos de interés profesional entre asociaciones de autónomos o sindicatos y empresas, siempre que no vayan en contra de los postulados de la Ley de Defensa de la Competencia.
La norma asigna a la jurisdicción de lo social la resolución de los litigios de los trabajadores autónomos económicamente dependientes, reconoce un catálogo de derechos colectivos y establece las bases para el reconocimiento de la representatividad de las asociaciones de autónomos.
En materia de protección social, se aplican medidas tendentes a la convergencia entre el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y el Régimen General de la Seguridad Social, además de reconocerse la prestación por accidente laboral en situaciones 'in itinere'.
El Estatuto del Trabajo Autónomo aumenta las bonificaciones a la cotización a la Seguridad Social de los jóvenes hasta 30 años, y mujeres hasta 35, que inicien su actividad como autónomos, pasando del 25% actual al 30% y de 24 a 30 meses.
Los trabajadores autónomos económicamente dependientes (aquellos cuyos ingresos dependen en un 75% de un único cliente) tendrán derecho al año a 18 días hábiles de vacaciones y a una jornada semanal con descansos y festivos.
Algunas medidas contempladas en el estatuto no entrarán en vigor hasta el 1 de enero de 2008, como la obligación de cotizar por incapacidad temporal o por accidente y enfermedad profesional.
Otros aspectos recogidos en la ley necesitarán de un desarrollo reglamentario. Es el caso de los criterios para determinar la representatividad de las organizaciones de autónomos, la mejora de la capitalización por desempleo o la prestación por cese de actividad, entre otras cuestiones.
Entre las medidas más destacadas que sí entraron en vigor el 12 de octubre se encuentran la posibilidad de contratar parcial o a jornada completa a los hijos menores de 30 años, la mejora de las bonificaciones para jóvenes menores de 30 y mujeres menores de 35, el reconocimiento de derechos fundamentales como el de no discriminación y todo lo relacionado con la prevención de riesgos laborales.
Legal News
October 2007
- Efectos procesales del Estatuto del Autónomo
- La 'hucha de las pensiones' sumará más de 52.000 millones el próximo año
- Vacío legal en la inspección de los autónomos dependientes
- Vox Populi
- El Congreso da luz verde al Estatuto del Autónomo
- Los autónomos podrán contratar a hijos menores de 30 años
- El PSOE pide que las mejoras en protección social sean inmediatas
- Los partidos negocian que los autónomos contraten familiares
- El Síndic de Greuges exige más derechos para los empleados autónomos
- El secretario general de Empleo deja el cargo por los desacuerdos con Caldera
- El Estatuto del autónomo llega al Parlamento
- Una provincia de autónomos
- ?El Estatuto del Autónomoes histórico, pero mejorable?
September 2007
July 2007
June 2007
April 2007
March 2007
December 2006
November 2006
October 2006
September 2006
Documents
on Legislation
- Corrección de errores de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
- LEY 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
Documents
- Principales aspectos laborales y de seguridad social de la ley 20/2007, de 11 de julio, del estatuto del trabajo autónomo
- Información legislativa
- Administrativo
- Fiscalidad Autonómica
- vLex entrevista a Jesús Membrado, portavoz del Grupo parlamentario socialista en la Comisión de Trabajo de la Cámara Baja en relación a la tramitación del proyecto de Ley de cláusulas de los convenios colectivos sobre la edad ordinaria de jubilación.
