El primer Consejo de Ministros de la presente legislatura fue el escogido por el nuevo Gobierno del Estado para presentar el informe sobre la Ley Integral contra la Violencia de Género, cuyo texto convertido en proyecto de Ley se remitió a las Cortes para proceder a su tramitación parlamentaria.
El texto, que ha recibido múltiples enmiendas por parte de los grupos parlamentarios, es una de las principales promesas electorales del Partido Socialista. La lucha contra la violencia de género se convierte así en uno de sus principales ejes de actuación de cara a los próximos años. Este fenómeno costó la vida en el 2003 a 70 mujeres y lleva ya un saldo de una veintena de víctimas el presente año.
La nueva norma, que fue presentada por el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, guarda muchos puntos coincidencias con la proposición de Ley orgánica integral contra la violencia de género que presentaron los socialistas la pasada legislatura y que fue rechazada por la mayoría popular. La iniciativa se centra en dos aspectos: la prevención y la protección.
El objetivo del proyecto de Ley, cuyo redactado es fruto del consenso entre actores políticos y sociales, es combatir desde todos los ángulos la violencia de género. Para ello, desarrolla multitud de medidas entre las que destacan la creación de juzgados especializados; la mejora de las ayudas de las víctimas, entre las que se encuentran su acceso a viviendas de protección oficial o bonificaciones para las empresas que las contraten, así como la creación de centros de rehabilitación integral, entre otras.
Precisamente la especialización de tribunales del orden penal para la protección adecuada de los derechos de las víctimas ha sido uno de los aspectos criticados desde las Asociaciones de Mujeres que, en términos generales, han acogido favorablemente el informe. A su entender, se deberían crear Juzgados específicos de Igualdad y Asuntos Familiares, unificando la jurisdicción Civil y Penal. Otro de los contenidos no previstos por el texto y que reclama este colectivo se refiere a la creación de un Fondo de Garantía del Pago de Alimentos por el que el Estado adelantarías las pensiones de los hijos en caso de impago.
Otro de los aspectos contemplados en la futura Ley Integral de la violencia de género, la cual supondrá modificaciones en cerca de 15 normas, algunas de ellas orgánicas, son la creación de una Delegación del Gobierno para la violencia de género o las medidas educativas dirigidas a la formación de los jóvenes en el propio sistema escolar. El uso sexista del cuerpo de la mujer en la publicidad también será controlado.
Asimismo, la ley incluirá un refuerzo de las dotaciones de las fuerzas de seguridad especializadas en estos casos, en los que se implicará a todos los cuerpos policiales, con el objetivo de aumentar la eficacia de la Orden de Protección de las Víctimas. Esta iniciativa, aprobada por el anterior Gabinete ejecutivo para combatir la violencia de género, unifica los distintos instrumentos de amparo y tutela a las víctimas de malos tratos, gracias a que se dictan tras un rápido procedimiento judicial una vez se denuncia un delito o falta relacionado con malos tratos.
Hay que destacar que, entre las enmiendas que los principales grupos parlamentarios han presentado al texto -un total de 28 los socialistas o 101 procedentes del PP-, se encuentran peticiones como que se contemple a los menores como víctimas directas de este maltrato, además de que el texto agrave las penas sin distinguir el sexo del sujeto activo o pasivo. También se persigue mejorar la situación de las mujeres en situación de exclusión social o con discapacidades.
Legal News
November 2006
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April 2006
March 2006
February 2006
January 2006
November 2005
September 2005
Point of view
vLex entrevista a Inmaculada Montalbán, magistrada del Tribunal Supremo de Andalucía y coordinadora de la Comisión de Violencia de Género de la asociación Jueces para la Democracia, tras su comparecencia en el Congreso de los Diputados.

Documents
on Legislation
- DECRETO 2/2007, de 12 de enero, por el que se aprueba el II Plan contra la Violencia de Género en Castilla y León (2007-2011).
- Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre, por el que se regula la ayuda económica establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
- Real Decreto 1455/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, aprobado por el Real Decreto 996/2003, de 25 de julio.
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita.
- REAL DECRETO 738/1997, de 23 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ayudas a las Victimas de delitos violentos y Contra la Libertad sexual.
- Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Ley 38/1988, de 28 de diciembre de Demarcación y Planta Judicial.
- Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública.
Documents
- Diversos aspectos de la violencia domestica (consideraciones generales. ambito jurídico internacional. Premisas básicas. Factores de vulnerabilidad: elementos socioculturales y económicos)
- El proyecto de Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género ha iniciado su tramitación parlamentaria
- Proyecto de Ley Integral contra la Violencia de Género
- Las medidas cautelares penales de la orden de protección
- Violencia de género. Violación de derechos humanos
- Noticias: Informe del CGPJ sobre violència domèstica
- La violencia doméstica y los límites
