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450 Search results "Cancelación de la Matrícula"


Art. 16, Inc. 5 de la Ley 20.476 > Cancelación de la Matrícula



LEYES 20.091 Y 22.400: Falta de Pago de la Póliza y Empresa Aseguradora que No Se Hace Cargo del Siniestro
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones: Productor de Seguros
NECESIDAD DE ESTABLECER LA VIGENCIA DEL CONTRATO: Seguro de Caucion


SEGURO DE CAUCION. Productor de seguros. Falta de pago de la póliza y empresa aseguradora que no se hace cargo del siniestro. Todo el sistema de seguros se basa en el cálculo de las empresas aseguradoras y ello es puesto en evidente riesgo cuando se quebrantan las obligaciones de quien tiene en sus manos la cobranza de las primas. (Consid. 7). primas. (Consid. 7). Damarco, Garzón de Conte Grand, Herrera Fernández Marta Josefina c/ Resol. 25478/97 -Superint.Seg. de la Nación (35305/97) ...

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LEY 23.697 DE EMERGENCIA ECONóMICA: Discapacitados
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones: Superintendencia de Seguros de Salud: Obras Sociales


OBRAS SOCIALES. Discapacitados. Atención profesional. Es obligación de la obra social otorgar acceso a sus afiliados con discapacidad a acciones de evaluación y orientación individual, familiar y grupal, y todas aquellas acciones que favorezcan su integración social y su inserción en el sistema de prestaciones básicas (art. 11 de la ley 24.901) así como brindar la atención a cargo de especialistas que no pertenzcan a su cuerpo de profesionales y que deban intervenir imprescindiblemente p...

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ARTíCULOS 78 Y 141 DE LA LEY 11.683: Existencia de Opciones Recursivas y Monto Mínimo
COSA JUZGADA: D.G.i: Procedimiento Tributario
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones


PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO. D.G.I. Sanciones. Existencia de opciones recursivas y monto mínimo. Artículos 78 y 141 de la ley 11.683. Si bien el art. 78 de la ley 11.683 establece una opción recursiva, una de esa vías se encuentra condicionada a la existencia de un monto mínimo (confr. art. 141). Esta limitación determina que, en los supuestos en que la sanción aplicada no alcance ese mínimo legal, el imputado carece de dicha opción, otorgándole la ley un sólo canal recursivo: el previsto en...

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SANCIóN DE SUSPENSIóN DEL EJERCICIO PROFESIONAL: Tribunal de Disciplina: Colegio Publico de Abogados: Abogado
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones


ABOGADO. COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS. Sanciones. Naturaleza. Las sanciones impuestas por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal remiten a la definición como injustos de faltas puramente deontológicas, esto es, de infracciones éticas más que jurídicas, propiamente dichas, en cuyo diseño juegan enunciados generales y específicos, que si bien no resultarían admisibles en un sistema punitivo abstracto fundado en una situación de supremacía general, cab...

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SANCIóN DE SUSPENSIóN DEL EJERCICIO PROFESIONAL: Tribunal de Disciplina: Colegio Publico de Abogados: Abogado
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones


ABOGADO. COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS. Tribunal de Disciplina. Sanciones. Suspensión por falta de concurrencia por ante el Consejo Directivo para que se lo advirtiera por el no pago del bono de derecho fijo. Existe una desproporción no justificada por las facultades discrecionales del Tribunal de Disciplina del C.P.A.C.F., frente al caso del abogado que no ha abonado el bono y es por ello sancionado con una advertencia en presencia del Consejo Directivo y, no concurriendo por ante el citad...

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SANCIóN DE SUSPENSIóN DEL EJERCICIO PROFESIONAL: Tribunal de Disciplina: Colegio Publico de Abogados: Abogado
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones


ABOGADO. COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS. Tribunal de Disciplina. Sanciones. La finalidad de la ley 23.187, al establecer una escala punitiva y no una sanción fija, es que la autoridad de aplicación considere tanto las características de la falta como los antecedentes de los abogados. Damarco, Garzón de Conte Grand, Herrera. 10.134/01 "Aisenberg Carlos E. c/C.P.A.C.F.". 18/10/01 C.NAC.CONT.ADM.FED. Sala II. --------------------------------------------------------------

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RELACIóN CON LA CONVENCIóN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIñO: Art. 17 de la Ley 22.285
CONSTITUCIONALIDAD: Horario de Protección al Menor
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones: Comfer


TELEVISION. COMFER. Horario de protección al menor. Art. 17 de la ley 22.285. La aplicación del art. 17 de la ley 22.285 por el COMFER no restringe el derecho de libertad de expresión por vías o medios indirectos, toda vez que ningún derecho es absoluto y la citada norma sólo reglamenta el ejercicio razonable de ese derecho al establecer que "en el horario de protección al menor que fije la reglamentación de esta ley, las emisiones deberán ser aptas para todo público". (Consid. VII). Gre...

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ART. 76 DE LA LEY 24.065: Recurso en Sede Judicial
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones: Comfer: Radiodifusión


RADIODIFUSIÓN. COMFER. Sanciones. Recurso en sede judicial. Art. 81 de la ley 22.285. El art. 81 de la ley 22.285 no establece una opción a favor del interesado para la impugnación judicial del acto administrativo sancionatorio, sino que, por su primer párrafo, contempla la posibilidad de recurrir las sanciones -salvo las de los términos de lo establecido en la ley 19.549 y su reglamentación-, mientras que por su segundo párrafo, para la impugnación de la totalidad de las sanciones (de pr...

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SANCIóN DE SUSPENSIóN DEL EJERCICIO PROFESIONAL: Tribunal de Disciplina: Colegio Publico de Abogados: Abogado
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones


ABOGADO. COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS. Tribunal de Disciplina. Sanciones. Viola el art. 15 del Código de Etica del Colegio Público de Abogados de la Cap. Fed., el letrado que intenta llegar a un acuerdo con la contraria sin intervención del colega que actuaba en representación de su contraparte. Galli, Jeanneret de Pérez Cortés, Uslenghi. 10.486/00 "Cirulli, Andrea Mariel c/ C.P.A.C.F.". 27/08/02 C.NAC.CONT.ADM.FED. Sala IV.

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ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.476: Cancelación de la Matrícula: Sanciones
ACTUACIóN CONTEMPORáNEA EN INTERéS DE LAS 2 PARTES: Etica: Ejercicio Profesional: Consejo Profesional de Ciencias Economicas
ART. 16, INC. 5 DE LA LEY 20.746: Cancelación de Matrícula
ART. 14 C.N: Inexistencia de Violación al Derecho de Trabajar


CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS. EJERCICIO PROFESIONAL. Sanciones. Cancelación de matrícula. Art. 16, inc. 5 de la ley 20.746. Las características del delito (hurto simple de cheques) y la nat. de las funciones propias de los profesionales de ciencias económicas permiten concluir que la conducta del contador constituye un hecho de tal gravedad que la inexistencia de antecedentes no puede ser óbice a la exclusión de la matrícula del autor. D., H. y G. de C. G. D'AGOSTINO, Jos...

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