Formularios de Procedimiento Laboral

Editorial vLex, 2002



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Recursos

Anuncio recurso casación interpuesto por la empresa.

La empresa anuncia recurso de casación contra sentencias no ajustadas a derecho y contrarias a sus intereses dictadas en única instancia por los Tribunales Superiores de Justicia y por la Audiencia Nacional.

Anuncio recurso de suplicación interpuesto por el trabajador.

El recurso de suplicación debe anunciarse por escrito ante el Juzgado que dictó la resolución, antes de su formaliza-ción. Se interpone contra sentencias o autos dictados por los Juzgados de lo Social.

Anuncio recurso de suplicación interpuesto por la empresa.

Recurso de reposición.

Es el recurso que corresponde contra las resoluciones de los Juzgados de lo Social que se dictan en forma de providencias o autos. Es necesario citar el precepto procesal infringido por la resolución recurrida.

Impugnación del recurso de casación.

De admitirse parcial o totalmente el recurso de casación, se entregarán los autos a la parte o partes recurridas y personadas, para que formalicen escrito de impugnación.

Recurso de súplica.

Es el recurso que se interpone frente las resoluciones con forma de providencia o auto que se dicten por las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia, de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo.

Escrito de comparecencia en recuso de casación.

Escrito de comparecencia ante la Sala de lo Social del Tri-bunal Supremo una vez cumplidos los requisitos estableci-dos para recurrir en Casación. Se establecen 15 días hábiles para comparecer ante la Sala.

Recurso de aclaración de sentencia.

Los jueces y tribunales no pueden variar las sentencias y autos definitivos después de firmados, pero sí aclarar algún concepto o suplir cualquier omisión que contengan. Estas aclaraciones pueden solicitarse a instancia de parte mediante el presente escrito.

Anuncio de recurso de suplicación.

El recurso de suplicación debe anunciarse por escrito ante el Juzgado que dictó la resolución, antes de su formaliza-ción. Se interpone contra sentencias o autos dictados por los Juzgados de lo Social.

Anuncio recurso casación por el trabajador.

Mediante el presente se anuncia recurso de casación contra sentencias no ajustadas a derecho y contrarias a los intereses del trabajador, dictadas en única instancia por los Tribunales superiores de Justicia y por la Audiencia Nacional.

Escrito subsanando defecto formal en el recurso de suplicación.

Escrito subsanando defecto formal en recurso de suplicación, en cumplimiento de lo requerido en propuesta de providencia dictada por el Juzgado de lo Social, continuando así el trámite del recurso.

Recurso de queja.

Es el recurso que cabe contra los autos por los que se tiene por no interpuesto en tiempo y forma un recurso de suplicación o casación. Se interpone ante el órgano competente para resolver el recurso de casación o suplicación inadmitido por defecto en tiempo y forma.

Escrito de impugnación en recurso de suplicación.

Una vez formalizado el recurso de suplicación se acuerda en providencia dar traslado del recurso a las demás partes recurrentes y recurridas para su impugnación. Las partes disponen de un plazo de cinco días hábiles para impugnar el recurso, mediante escrito firmado por Letrado.

Recurso de aclaración de sentencia.

Anuncio de recurso de suplicación.

El recurso de suplicación debe anunciarse por escrito ante el Juzgado que dictó la resolución, antes de su formalización. Se interpone contra sentencias o autos dictados por los Juzgados de lo Social.

CIRCULAR de 22 de febrero de 2002, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regulan la operatoria a seguir para realizar el cargo centralizado a la Agencia de certificaciones de descubierto correspondientes a recursos de...

Modelo de preparación y anuncio de recurso de casación para la unificación de doctrina.

El recurso de casación para la unificación de doctrina debe anunciarse mediante escrito, que se dirige a la sala de lo Social del TSJ que dictó la sentencia. El anuncio y prepara-ción es requisito previo a la formalización del recurso.

Recurso extraordinario de revisión.

Su finalidad es dejar sin efecto una sentencia que ha alcan-zado firmeza ,cuanto ésta se obtuvo a través de mecanis-mos contrarios a la buena fe procesal o por la incidencia que en el proceso tuvieron hechos ajenos al mismo que no pudieron alegarse en su momento.

Escrito compareciendo en el Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina.

Escrito compareciendo ante el Tribunal Supremo, a los efectos de formalizar en su día recurso de casación para la unificación de doctrina, anunciado contra sentencias dictadas por la Salas de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

Escrito compareciendo en el Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina.

Escrito compareciendo ante el Tribunal Supremo, a los efectos de formalizar en su día recurso de casación para la unificación de doctrina, anunciado contra sentencias dicta-das por la Salas de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

Recurso ordinario contra actas de infracción y liquidación de cuotas.

Recurso de suplicación.

Es el recurso que cabe contra sentencias y autos dictados por los Juzgados de lo Social. Se resuelve por las salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de la comunidad donde radica el Juzgado.

Anuncio del recurso para unificación de doctrina.

El recurso de casación para la unificación de doctrina debe anunciarse mediante escrito, que se dirige a la sala de lo Social del TSJ que dictó la sentencia. El anuncio es requisito previo a la formalización del recurso.

Escrito formulando alegaciones a una cuestión de competencia planteada por el organismo que corresponda.

Escrito formulando cuestión de competencia al considerar que corresponde conocer a los Juzgados del Orden Social la cuestión litigiosa planteada en la demanda.

Recurso de casación para la unificación de doctrina.

El recurso de casación para unificación de doctrina se con-figura como un recurso extraordinario. Este recurso sólo se justifica por la previa existencia de doctrinas contradictorias. Son recurribles en casación par la unificación de doctrina las sentencias dictadas en suplicación por las Salas de lo Social de los TSJ.

Recurso Ordinario.

Escrito interponiendo recurso ordinario contra resolución que impone una sanción por infracción social, dictada por la Delegación Territorial de Trabajo y propuesta en Acta de la Inspección de Trabajo, solicitando se deje sin efecto tal sanción.

Recurso Ordinario.

Escrito interponiendo recurso ordinario contra resolución que impone una sanción por infracción social, dictada por la Delegación Territorial de Trabajo y propuesta en Acta de la Inspección de Trabajo, solicitando se deje sin efecto tal sanción.

Escrito de interposición del recurso de casación.

El recurso de casación se interpone contra las sentencias, dictadas por las Salas de lo Social de los TSJ o por la sala de los Social de la Audiencia Nacional, una vez las partes se personen ante el Tribunal Supremo.

Modificación de condiciones laborales

Demanda de concreción horaria y determinación del período de disfrute en los permisos por lactancia y por reducción de jornada por motivos familiares.

Escrito formulando demanda sobre impugnación del acuerdo de concreción horaria, y/o determinación del periodo de disfrute del permiso por lactancia fijado por la empresa.

Demanda de impugnación de las modificaciones de las condiciones del con-trato de trabajo.

Frente a las decisiones empresariales para modificar las condiciones de trabajo, el trabajador puede impugnarlas judicialmente con la finalidad de que se le reponga en sus anteriores condiciones.