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Despido
Carta de despido disciplinario por indisciplina o desobediencia.
Carta de despido por incumplimiento de las órdenes, claras y concretas, recibidas del empresario en el ejercicio regular de sus funciones directivas, que constituyen un incumplimiento contractual grave y culpable del trabajador.
Carta de despido disciplinario por trasgresión de la buena fe contractual.
Carta de depido por competencia desleal del trabajador, causando un perjuicio real o potencial al empresario, lo cual constituye trasgresión de la buena fe contractual, y es causa de despido disciplinario.
Modelo de papeleta de conciliación en impugnación de despido.
Se interpone papeleta de conciliación ante el SMAC para que la empresa proceda a reconocer la nulidad o improcedencia del despido. La conciliación obligatoria previa intenta una solución extrajudicial que haga innecesaria la procesal-jurisdiccional.
Carta de despido disciplinario por ofensas verbales o físicas.
Carta de despido por ofensas verbales o físicas al empresario, a los trabajadores de la empresa o a los familiares que convivan con ellos, lo cual constituye un incumplimiento contractual grave y culpable del trabajador.
Carta de despido disciplinario por embriaguez y toxicomanía.
Carta de despido por embriaguez y toxicomanía habitual que repercute negativamente en el trabajo. Dicha falta constituye un incumplimiento contractual grave y culpable del trabajador.
Carta de despido por causas objetivas por absentismo laboral.
Carta de notificación de la extinción de la relación laboral por faltas de asistencia intermitentes al trabajo, aunque sean justificadas, en las condiciones que legalmente establece el Estatuto de los Trabajadores.
Modelo de papeleta de conciliación en reclamación de cantidad.
Se interpone papeleta de conciliación ante el SMAC para reclamar las cantidades que adeuda la empresa al trabajador. En caso de lograrse la avenencia, con el pago de la cantidad reclamada, se evita el proceso jurisdiccional laboral. La conciliación previa en el procedimiento laboral es obligatoria.
Despido de representante de los trabajadores.
Escrito formulando demanda por despido improcedente de un representante legal, cuando el despido carece de todos los requisitos que establece nuestro ordenamiento jurídico como garantía para los miembros de los comités de empresa y delegados de personal.
Despido de un trabajador afiliado a un sindicato.
Escrito formulando demanda cuando se han obviado los requisitos de forma que vienen establecidos para el despi-do de un trabajador perteneciente a un sindicato.
Despido de un trabajador con contrato de alta dirección.
Escrito formulando demanda por despido improcedente de un trabajador con contrato laboral de carácter especialdel personal de alta dirección.
Condiciones del contrato de trabajo
Se puede concertar por escrito un periodo de prueba durante el cual ambas partes pueden resolver el contrato de trabajo sin necesidad de alegar justa causa, sin preaviso y sin indemnización alguna.
El fundamento del pacto de no competencia postcontractual es evitar la ?competencia diferencial? que puede producirle su anterior trabajador por el conocimiento de las peculiaridades comerciales y de fabricación de la empresa.
Es aquél pacto en virtud del cual un trabajador se obliga a prestar sus servicios en exclusiva a un solo empresario mediante una compensación económica, en detrimento de su derecho a pluriemplearse.
Suspensión del contrato
Solicitud de reincorporación del trabajador con contrato suspendido tras excedencia voluntaria.
Escrito del trabajador solicitando la reincorporación a su antiguo puesto de trabajo o de similar categoría tras la excedencia voluntaria, de conformidad a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.
Solicitud de reincorporación del trabajador con contrato suspendido por otras causas.
Solicitud del trabajador de reingreso a su antiguo puesto de trabajo, con contrato suspendido por excedencia forzosa, por cuidado de familiares, cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria.
Movilidad funcional
Decisión de movilidad funcional dentro del grupo profesional.
Escrito del empresario notificando la decisión de movilidad funcional dentro del grupo profesional del trabajador, por razones organizativas y de conformidad con lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores.
Comunicación a los representantes legales de los trabajadores de movilidad funcional.
Comunicación a los representantes de los trabajadores, de la decisión de la empresa de asignar puestos de trabajo y funciones inferiores a los trabajadores por necesidades de carácter perentorio, y por el tiempo imprescindible.
Decisión de movilidad funcional fuera del grupo profesional.
Escrito del empresario notificando la decisión de movilidad funcional fuera del grupo profesional del trabajador, por necesidades técnicas u organizativas y únicamente por el tiempo imprescindible.
Clasificación profesional
Solicitud a los representantes legales para que emitan informe sobre clasificación profesional, ante la negativa de la empresa al ascenso de categoría , a fin de poder efectuar la correspondiente reclamación judicial.
Movilidad geográfica
Notificación al trabajador de cambio de centro de trabajo en el mismo municipio.
Escrito del empresario manifestando la necesidad de destinar al trabajador a otro centro de trabajo de la empresa dentro del mismo municipio, por razones organizativas, técnicas o de producción.
Notificación al trabajador de la decisión de la empresa de movilidad geográfica.
Notificación al trabajador de la decisión de la empresa de trasladarlo a otro centro de trabajo, que supone un cambio de residencia para el trabajador y fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Notificación de desplazamiento.
Notificación al trabajador de la decisión empresarial de desplazamiento temporal en el que queda concretado su tiempo aproximado de duración, sin que se modifiquen el resto de las condiciones de trabajo.
Traslados
Notificación a los representantes legales de los trabajadores de la decisión empresarial de traslado colectivo y de la fecha de iniciación del periodo de consultas, previsto en el Estatuto de los Trabajadores.
Notificación del empresario a los trabajadores de la decisión adoptada sobre traslado.
Notificación al trabajador de la necesidad de la empresa de efectuar un traslado colectivo de varios trabajadores de la empresa, tras la finalización del periodo de consultas.
Modificación de las condiciones de trabajo
Notificación al trabajador de la decisión de la empresa de modificar sus condiciones de trabajo, por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, y en base a lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores.
Comunicación de conversión de contrato temporal en contrato indefinido con bonificación.
La transformaciones de los contratos de prácticas, aprendizaje, formación y de relevo en contratos indefinidos darán lugar a una bonificación de la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes.
Comunicación de conversión de contrato temporal en contrato indefinido sin bonificación.
Los contratos temporales formalizados a tiempo parcial o a tiempo completo, pueden convertirse en contratos indefinidos a tiempo parcial o a tiempo completo, por acuerdo entre las partes y mediante comunicación por escrito al INEM.
La transformación de contratos temporales para trabajadores/as minusválidos en contratos indefinidos, ya sea a tiempo parcial o a tiempo completo, tendrá derecho a bonificación en la cuota empresarial de la Seguridad Social y a subvención.
La transformación del contrato temporal en indefinido a tiempo completo o a tiempo parcial para la realización de trabajos fijos discontinuos, dará lugar a bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
Contrato de trabajo temporal para trabajadores minusválidos celebrado al amparo de la Ley 55/99
El contrato es de duración determinada sin vinculación a causa de temporalidad alguna, y se formaliza con trabajadores minusválidos. La empresa tendrá derecho a una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social.


