Comentarios al Codigo Civil

Tomo IX, Vol 2º: Artículos 706 a 743 del Código Civil

Manuel Albaladejo y Eduardo Gutiérrez-Solar
Edersa, 1983

ISBN 84-713041-7-1

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Table of Contents

Sección Sexta. Del testamento cerrado

Sección sexta: Del testamento cerrado

Artículo 706

I. El testamento puede escribirlo el interesado o encomendar a otro que lo escriba, aunque él sepa y pueda.II. Pueden testar en testamento cerrado quienes no sepan o no puedan escribir. III. El testamento cerrado escrito por otro no va contra el carácter personalísimo del acto.IV. El testamento puede ser escrito de puño y letra, es decir, a mano, o por medios mecánicos, y por una sola persona o por varias.V. Inexistencia de requisitos particulares exigidos al redactor que sea, y no necesidad ...

Artículo 707

I. Idea general.-II. Clausura del escrito interior.-III. Comparecencia del testador ante el Notario y los testigos.-IV. Manifestación del testador en el acto de la comparecencia.-V. Extensión del acta notarial sobre la cubierta: 1. Idea general. 2. Lugar. 3. Momento. 4. Contenido. 5. Lectura, conformidad y firma del acta. 6. Acta de otorgamiento si el testador no habla castellano.-VI. Unidad de acto.-VII Discrepancias entre el escrito interior y lo recogido en el acta de otorgamiento, o entre...

Artículo 708

Artículo 709

I. Las especialidades del testamento cerrado del que no puede hablar.-II. Pedir que el testador sepa escribir no es añadir para el cerrado actual un requisito más, innecesario en el cerrado normal, sino que es simplemente señalar que de las personas que no saben hablar, las únicas que pueden testar son las que saben escribir.-III. Las especialidades los son para el testamento cerrado del que no puede hablar en el momento en que cada especialidad entra en juego: 1. No poder hablar con la palab...

Artículo 710

I. Lo que hay que poner en el protocolo.-II. Igualdad debida entre acta de otorgamiento y la copia puesta en el protocolo, y caso de no identidad total.-III. Irrelevancia, a los efectos de validez o no del testamento, de la omisión de la copia o de que la que inserte en el protocolo coincida o discrepe del acta de otorgamiento.- IV. El orden de realización de las operaciones de que se trata.-V. La entrega del testamento.-VI. En el protocolo reservado.

Artículo 711

Artículo 712 y 713

I. Contenido de estos dos artículos. Verdadero conjunto de consecuencias posibles en los diversos casos que caben de no presentación del testamento. II. Deber de presentar el testamento: 1. Debe de presentar el testamento quien lo tenga en su poder y sepa que lo tiene y que murió el testador. 2. Quién puede pedir la presentación. 3. La presentación debe hacerse o puede pedirse en caso de muerte del testador, pero también en el de que haya sido declarado fallecido. 4. Juez competente. 5. Plazo...

Artículo 714

Sumario: I. La regulación de la apertura del testamento cerrado en la L. E. C.II. No previsión en la L. E. C. de examen del escrito interior del testamento.III. Protocolización o no, siempre sin perjuicio del derecho que corresponda a discutir en juicio ordinario la validez del testamento.IV. Apertura del testamento aun en caso de nulidad por razón de la cubierta.V. El presente artículo se aplica también al testamento cerrado que el Notario guardó en su archivo.

Artículo 715

I. Extremos que regula el artículo. II. La nulidad por falta de observancia de las formalidades legales.III. La responsabilidad del Notario.IV. La conversión en testamento ológrafo.

Sección Séptima. Del testamento militar

Sección séptima : Del testamento militar

Artículo 716

Artículo 717

I. Cuándo se utiliza este testamento. II. Alcance de la especialidad de este testamento. III. Elementos subjetivos del testamento: 1. Otorgante. 2. Autorizante. IV. Formalidades.

Artículo 718

I. Conservación del testamento. II. Responsabilidad por no depositarlo. III. Remisión del testamento de un prisionero. IV. Trámites que sigue el testamento una vez fallecido el testador. V. Conservación y remisión del testamento cuando sea cerrado. VI. Apertura del testamento cerrado.

Artículo 719

Artículo 720

I. Otorgante y testigos del llamado testamento militar extraordinario abierto. II. Caducidad automática en caso de que el testador se salve. III. Formalización y posterior remisión. IV. ¿Es más conveniente la utilización del testamento en peligro de muerte del artículo 700 que la del testamento militar extraordinario de este artículo?

Artículo 721

I. Errónea colocación del precepto e inutilidad de la forma testamentaría que recoge. II. Requisitos subjetivos, formales y temporales. III. ¿Caduca esta forma testamentaría? IV. Remisión, depósito, apertura y protocolización del testamento.

Sección Octava. Del testamento marítimo

Sección octava: Del testamento marítimo

I. Historia. II. Justificación y naturaleza. III. Legislación aplicable fuera del Código civil. IV. Visión global de las distintas formas de testamento marítimo. V. Circunstancias para su otorgamiento. VI. Clase de embarcación en la que puede otorgarse testamento marítimo. VII ¿Es aplicable esta forma testamentaria a la navegación aérea? VIII. ¿Puede otorgarse el testamento marítimo en viajes fluviales o por lagos? IX. ¿Puede otorgarse este testamento cuando la nave está surta en un puerto? X...

Artículo 722 y 723

I. Otorgantes del testamento marítimo. II. Autorizantes: 1. A bordo de buque de guerra. 2. A bordo de buque mercante. 3. Del testamento otorgado por el Contador o Capitán. III. Testigos: 1. Cualidades que deben reunir. 2. Elección. 3. Actuación. IV. ¿Se deben observar las formalidades del correspondiente testamento común?: 1. Testamento abierto. 2. Testamento cerrado.

Artículo 724

Artículos 725, 726, 727, 728 y 729

I. Trámites en caso de arribada a puerto extranjero con representación diplo mática o consular española. II. Trámites cuando el buque arribe a puerto español. III. Trámites cuando haya fallecido el testador. IV. Trámites cuando el testamento haya sido otorgado por extranjero en buque español. V. Trámites cuando el testamento sea ológrafo.

Artículo 730

I. Caducidad. II. Lugar del desembarco a efectos del cómputo del plazo de caducidad.

Artículo 731

Sección Novena. Del testamento hecho en pais extranjero

Sección novena: Del testamento hecho en país extrajero

Artículo 732

Artículo 733

I. El testamento mancomunado y la reforma del artículo 11, 1, del C. c. II. El testamento mancomunado y las legislaciones forales. III. Algunos supuestos.

Artículo 734

I. El testamento ante Cónsul: emplazamiento de la institución. II. Convenios internacionales. III. Los artículos 11, 3, y 374 del C. c IV. Atribución de fe pública a los Cónsules: legislación española. V. Testamento consular abierto. VI. Testamento consular cerrado. VII El Cónsul ante el testamento ológrafo. VIII. Apertura y protocolización: a) De testamentos cerrados; b) De testamentos ológrafos. IX. Derechos arancelarios.

Artículo 735

I. Opiniones doctrinales. II. Comunicación del otorgamiento al Registro General de Actos de Ultima Voluntad. III. Comunicación del otorgamiento de testamentos ológrafos.

Artículo 736

I. Remisión del testamento al Ministerio de Asuntos Exteriores. II. ¿A quién ha de entregarse el testamento? III. Concordancia entre el C. c. y el Reglamento Notarial.

Sección Décima. De la revocación e ineficacia de los testamentos

Sección décima: De la revocación e ineficacia de los testamentos

I. La distribución entre los artículos de la sección de la materia que regula. II. La revocación del testamento: 1. Ideas generales. 2. La revocación es acto mortis causa. 3. Es indiferente que sea o no revocable la revocación. 4. La revocación no tiene que ser pura. 5. Clases de revocación.