Circulares de la Fiscalía

from January 1996
Last Number: July 2008

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Nbr. 1999, January 1999

Consulta

Consulta 1/1999, de 22 de enero, sobre tratamiento automatizado de datos personales en el ámbito de las telecomunicaciones.

El hecho particular que suscita la consulta se refiere a una empresa de sistemas informáticos que sufre un acceso indebido a sus ordenadores por parte de personas no identificadas que provocan el borrado de diversos ficheros. La investigación e instrucción de la causa requiere en estos casos como primera diligencia la identificación de los abonados desde cuyos teléfonos o terminales se han realizado las conexiones telemáticas, lo que obliga a acudir al operador del servicio telefónico para re...

Consulta 2/1999, de 1 de febrero, sobre el servicio de vigilancia aduanera como policía judicial.

El SVA constituye una Policía mixta, administrativa y judicial, que en el desempeño de esta segunda función opera como servicio especializado en la averiguación y represión del delito de contrabando y cuyos miembros, a todos los efectos, actúan como Agentes de la autoridad, auxiliares de Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal, sin dependencia o sujeción funcional a otros Cuerpos o Fuerzas de Seguridad. En su calidad de Policía judicial le es de aplicación lo dispuesto en el Título III del...

Consulta 3/1999, de 17 de febrero, sobre la pena que procede imponer a las infracciones penales continuadas de carácter patrimonial.

1.- Los apartados 1 y 2 del artículo 74 del Código Penal de 1995 deben ser aplicados conjuntamente, sin que el hecho de que se redacten en apartados separados se pueda interpretar como que se ha pretendido una respuesta penológica distinta en función de que el delito continuado sea o no de carácter patrimonial. Siempre que concurran los requisitos del delito continuado se deberá imponer la pena en su mitad superior. Y si, por tanto, estamos en presencia de un delito continuado de carácter pat...

Consulta 4/1999, de 17 de septiembre, sobre algunas cuestiones derivadas de la regulación de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad.

1ª.- La denegación de la suspensión de la ejecución de la condena por incumplimiento del primer requisito del art. 81 exige la existencia de una anterior sentencia penal firme condenatoria por delito doloso no cancelado o susceptible de cancelación. 2ª.- El art. 81.2ª permite la concesión de la suspensión de la ejecución de las penas cuando se hayan cometido diversas acciones delictivas, ya se trate de concurso ideal, ideal-medial o real, siempre que la suma de sus penas no exceda de ...

Consulta 5/1999, de 16 de diciembre, sobre los problemas que plantea el internamiento de quienes tienen suspendida la ejecución de una pena privativa de libertad por trastorno mental grave sobrevenido a la sentencia firme.

1ª.- La suspensión del cumplimiento de una pena privativa de libertad por una situación duradera de trastorno mental grave sobrevenida al reo tras la sentencia firme no justifica la aplicación al mismo de una medida de seguridad de internamiento. 2ª.- Acordada la suspensión de la pena por el juez o tribunal sentenciador lo que procede es el cese de toda intervención penal sobre el reo y que se de traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal para que inste en el orden jurisdiccional...

Consulta 6/1999, de 16 de diciembre, sobre cumplimiento de la responsabilidad personal subsidiaria al impago de multa en régimen de arresto de fines de semana: problemas que plantea la selección del módulo de conversión.

1.- El cumplimiento de la pena de responsabilidad personal subsidiaria en régimen de arresto de fines de semana se verificará aplicando el módulo de conversión general establecido en el artículo 37.1 CP: cada dos días de privación de libertad equivaldrán a un fin de semana de arresto. 2.- La extensión de la pena de arresto resultante de esta conversión no podrá exceder del límite de 24 fines de semana impuesto en el propio artículo 37.1 CP.

Circular

Circular 1/1999, de 29 de diciembre, sobre la intervención de las comunicaciones telefónicas en el seno de los procesos penales.

La Circular expone los principios que hay que respetar para que la intervención de la comunicación no se vea anulada y pueda ser utilizada como prueba en el juicio oral, así como la actuación a desarrollar por el Ministerio Fiscal en su labor de garante del cumplimiento de esos principios. Los Sres. Fiscales deberán velar especialmente para que en las intervenciones de las comunicaciones telefónicas, acordadas en el seno de un proceso penal, se observen todas las garantías previstas en la ...