Comentarios al Codigo Civil

Tomo XXIX, Vol 3º: Artículos 248 a 276 de la Compilación de Cataluña

Pablo Salvador Coderch...[et al.]
Edersa, 2005

ISBN 84-713051-3-5

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Table of Contents

Título IV. De la sucesión intestada.

De la sucesión intestada

I. El sistema romanista de las tres líneas. Su evolución en Cataluña: 1. Los malos usos y la sucesión de los feudos. 2. La ordenación romanista de la sucesión intestada regular en Cataluña: A) Primer orden: Los hijos y sus descendientes. B) Segundo orden: La sucesión de los ascendientes y de los hermanos de doble vínculo. C) Tercer orden: Los hermanos de vínculo sencillo. D) Los restantes colaterales, el cónyuge y el Fisco. E) La sucesión intestada fuera del parentesco legítimo. 3. El Derecho...

Artículo 248

I. El viejo y el nuevo artículo 248.-II. Apertura de la sucesión intestada.-III. La regla Nemo pro parte testatus pro parte intestatus decedere potest.-IV. El problema de la exclusión de los herederos legales.-V. La sucesión intestada de la Generalitat: 1. En general. 2. Sucesión del Estado y sucesión de la Generalitat. Algunas cuestiones: A) La sucesión del Estado. B) La sucesión de la Generalitat. C) Praxis de la sucesión.

Artículo 249

I. La regulación de la Compilación de 1960. Directrices de la reforma.-II. Normativa para los casos relacionados con la adopción plena: 1. Sucesión del adoptante o de sus ascendientes (art. 249, 1.°). 2. Exclusión del adoptado en la sucesión de sus parientes de origen (art. 249, 2.°). 3. Sucesión del adoptado y de sus descendientes. Exclusión de los parientes por naturaleza (art. 249, 3.°). 4. Excepciones a la exclusión de derechos sucesorios. Interpretación amplia del artículo 249, 4.°, d...

Artículo 250

I. La cuestión acerca de los derechos viudales en el Derecho Catalán contemporáneo.-II. El usufructo viudal abintestato en ausencia de atribución mortis causa o en capítulos del causante.-III. Contenido del derecho concedido al cónyuge supérstite.

Artículo 251

I. La sucesión intestada del causante impúber. La doctrina.-II. Evolución de la normativa. Las fuentes: A) El derecho bajo medieval y moderno de la sucesión intestada del impúber. Su importancia originaría. C) La doctrina y jurisprudencia contemporáneas anteriores a la Llei de Successió Intestada de 7 julio 1936 y la normativa de ésta sobre sucesión troncal. D) La Compilación de 1960 y su revisión en 1984.-III. La devolución troncal como un caso de sucesión intestada irregular a título de her...

Título V. Disposiciones comunes a las sucesiones testada e intestada.

Capítulo I. De la capacidad sucesoria.


De la capacidad sucesoria

Artículo 252

Artículos 253 a 255

I. La indignidad sucesoria: su caracterización en la Compilación.-II. Las causas de indignidad.-III. Régimen jurídico: 1. La acción de impugnación. 2. Eficacia.

Capítulo II. De la aceptación y repudiación de la herencia.


Artículo 256

I. Previo.- II. Aceptación y repudiación de la herencia: 1. Calificación y caracteres. 2. Formas o tipos: A) Aceptación. B) Repudiación. 3. Capacidad: A) La capacidad de la persona casada. B) La capacidad del menor de edad y del incapacitado. C) La capacidad del menor emancipado o habilitado. 4. Impugnación.-III. Relación sucesión testada-intestada en la aceptación-repudiación de la herencia: 1. Planteamiento general. 2. Función de la repudiación en relación a vocaciones hereditarias de disti...

Artículo 257

I. Plazo para aceptar o repudiar.-II. La interrogado in iure: 1. Concepto y significado. 2. Quién puede pedirla. 3. Procedimiento y plazo. 4. Efectos.

Artículo 258

I. Planteamiento general.-II. El ius transmissionis en la herencia: 1. Concepto y caracterización. 2. Requisitos. 3. Funcionamiento.-III. El ius transmissionis en legítima, legado y fideicomiso.

Artículo 259

El derecho de deliberar: I. Caracterización jurídica.-II. Funcionamiento.- III. Efectos: 1. El plazo. 2. Efectos generales. 3. Efectos respecto al heredero.

Artículo 260

I. La aceptación pura y simple: 1. Planteamiento previo. 2. Caracterización.- II. Obligaciones del causante y cargas hereditarias: 1. Las cargas hereditarias. 2. Las obligaciones del causante.-III. El sistema de responsabilidad.

Capítulo III. Del beneficio de inventario y del de separación de patrimonios.


Artículo 261

I. Previo.-II. El beneficio de inventario: caracterización general: 1. Naturaleza del beneficio de inventario. 2. Requisitos de la solicitud del beneficio de inventarío.- III. El inventario: 1. Tiempo. 2. Forma. 3. Contenido.

Artículo 262

I. El beneficio de inventario ex lege: consideración general.-II. Supuestos que comprende.

Artículo 263

I. Efectos de la aceptación a beneficio de inventarío: 1. Efectos en general. 2. Eficacia especial.-II. Administración y liquidación de la herencia beneficiaría: 1. Administración. 2. Liquidación.

Artículo 264

Capítulo IV: Del derecho de acrecer.


Del derecho de acrecer

I. Introducción.-II. Derecho de acrecer especial y derecho de acrecer general; y sus respectivos fundamentos.-III. La institución conjunta.-IV. ¿Es posible el derecho de acrecer a favor de personas instituidas unas como herederos y otras como legatarios?-V. La escasa importancia en el Derecho catalán de que haya o no derecho de acrecer especial entre los herederos.-VI. El derecho de acrecer en la sucesión intestada.-VII. Consideración final.

Artículo 265

I. Derecho de acrecer y acrecimiento entre herederos instituidos.-II. Institución conjunta.-III. Aunque no lo sea en la misma cláusula.-IV. Si alguno por la causa que sea no llega a heredar.-V. El derecho de acrecer se da, a menos que el testador haya declarado no quererlo.-VI. Antes de que funcione el acrecimiento a favor de todos los llamados conjuntamente con el que no sucede, acrecen los que lo hubiesen sido con él en un grupo aparte dentro del conjunto.-VII. Delaciones preferentes al der...

Artículo 266

I. Acrecimiento en proporción a las respectivas participaciones.-II. Con subsistencia de los legados y otras cargas impuestas a la cuota acrecida, salvo que sean personalísimas.-III. El acrecimiento aprovecha al que reciba del acrecido o en vez de él la herencia o la parte que sea de ella a la que el acrecimiento aumenta.

Artículo 267

Artículo 268

I. Como en el caso de la herencia, se establece el acrecimiento en los legados dejados conjuntamente a varios legatarios.-II. Remisión a lo ya dicho sobre el concepto de institución conjunta.-III. Condiciones en que se produce el acrecimiento.-IV. A falta de acrecimiento, el legado lo absorbe la herencia.-V. Acrecimiento entre legatarios y herederos instituidos ex re certa.-VI. El legado de usufructo.-VII. El legado de dinero.-VIII. El acrecimiento en la sustitución fideicomisaria.

Capítulo V: De las reservas


De las reservas

I. Preliminar.-II. Aproximación histórica a la reserva clásica: su configuración en el Codex y en las Novellae de Justiniano.

Artículo 269

I. Los elementos personales del supuesto de hecho de la reserva clásica: A) La nueva relación de matrimonio establecida por el cónyuge viudo. B) La existencia de una relación de filiación creada fuera del matrimonio disuelto, durante el mismo o después de su disolución por el cónyuge viudo o divorciado. C) Los beneficiarios de la reserva clásica.-II. Los bienes que, bajo estos presupuestos, adquieren la cualidad de reservables.

Artículo 270

I. La adquisición de los bienes reservables por los reservatarios: A) La facultad del reservista de elegir al destinatario de los bienes entre los reservatarios o de distribuir entre ellos los bienes reservables: a) Configuración y ámbito de la facultad electiva o distributiva; b) El ejercicio efectivo de la facultad del reservista: sus diversas vías. B) La adquisición de los reservatarios en los supuestos en los que el reservista no ha ejercitado, ni expresa ni tácitamente, la facultad de el...

Artículo 271

Artículo 272

I. La incorporación del artículo 811 del Código civil a la Compilación de Derecho Civil de Catalunya: proceso y mecanismos.-II. La adaptación de la reserva lineal a los principios del Derecho sucesorio de Catalunya.

Capítulo VI: De la colación y partición


Artículo 273

I. La colación: el principio de igualdad.-II. Presupuestos: 1.° Condición de heredero. 2.° Condición de descendiente: a) Liberalidad realizada en favor del sujeto que está representado en la sucesión; b) Liberalidad realizada en favor del sujeto que sucede por representación.-III. La soberanía de la voluntad del causante: la dispensa.- IV. Bienes colacionables: a) Las liberalidades por razón de matrimonio; b) Pago de una carrera profesional; c) Donaciones indirectas y simuladas; d) Donaciones...

Artículo 274

Capítulo VII: De las acciones de petición de herencia y posesorias.


Artículo 275

I. La acción de petición de herencia, en general.-II. Concepto y naturaleza.- III. Legitimación activa.-IV. Legitimación pasiva.-V. Objeto.-VI. Efectos.-VII. Frutos, mejoras y responsabilidades.-VIII. Prescripción.