Comentarios al Codigo Civil

Tomo IV, Vol 3º: Artículos 40 al final de la Ley del Registro Civil

Jesús María González-Ducay López
José Baena de Tena
Edersa, 2005

ISBN 84-713021-6-0

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Table of Contents

Título V. De las secciones del Registro

Sección primera. De nacimientos y general


Capítulo I. De la inscripción de nacimientos


Artículo 40

I. Generalidades.-II. Contenido de la Sección primera.-III. Condiciones de inscribibilidad de los nacimientos.-IV. Registro competente.

Artículo 41

I. Ideas previas.-II. Contenido fehaciente de la inscripción de nacimiento: 1. El hecho del nacimiento. 2. Las circunstancias de tiempo. 3. Las circunstancias de lugar. 4. La referencia al sexo. 5. La referencia a la filiación.- III. Contenido no fehaciente de la inscripción de nacimiento, o menciones de la inscripción de nacimiento de las que no certifica ese asiento.-IV. Otras vicisitudes en torno a la inscripción de nacimiento.

Artículo 42

I. Introducción.-II. La declaración del nacimiento: 1. Autoría de la declaración. 2. Forma de la declaración. 3. Contenido de la declaración. 4. Un supuesto especial: la inscripción en virtud de transcripción de certificación de un Registro Civil extranjero.-III. Plazo para formular la declaración.

Artículo 43

I. Introducción.-II. La obligación de declarar.-III. Relación de personas a quienes se extiende la obligación.

Artículo 44

I. Introducción.-II. Carácter de la obligación.-III. La comprobación por parte del Encargado del Registro.

Artículo 45

I. Introducción.-II. El Legajo de Abortos.-III. La obligación de declarar y comunicar el nacimiento de criaturas abortivas.

Artículo 46

I. Generalidades.-II. Notas marginales a la inscripción de nacimiento.- III. Anotaciones que se extienden al margen de la inscripción de nacimiento: 1. Las de procedimiento. 2. Las otras.-IV. Inscripciones marginales a la inscripción de nacimiento.-V. La inscripción marginal de vecindad civil.

Capítulo II. De la filiación


Capítulo II

I. ¿La filiación es un estado civil?-II. El estado civil de filiación en la L. R. C.-III. El sistema de los títulos de determinación legal de la filiación en el C.c.: 1. El sistema de títulos de determinación legal de la filiación matrimonial.2. El sistema de títulos de determinación legal de la filiación no matrimonial. 3. El significado de los títulos de determinación legal de la filiación.-IV. La determinación de la filiación en los Derechos forales: 1. Indicaciones generales. 2. La dete...

Artículo 47

I. Significado general del precepto.-II. Aplicabilidad de este modo de determinar legalmente la filiación materna en el ámbito del Derecho civil catalán.- III. Aplicabilidad de este modo de determinar legalmente la filiación materna en los casos de gestación con técnicas de reproducción asistida: 1. Casos de gestación de sustitución. 2. Casos de maternidad con contribución de donante de óvulo (o de embrión ajeno).-IV. Régimen de este modo de determinar legalmente la filiación materna: 1. Indi...

Artículo 48

Sumario: I. La constancia registral de la filiación paterna: indicaciones generales.- II. Las distintas hipótesis en función de que rija o no la presunción de paternidad del marido. Régimen común: 1. Casos en que no consta en el Registro quién es la madre. 2. Casos en que ya está inscrita la filiación materna como filiación materna no matrimonial. 3. Casos en que procederá inscribir la filiación materna, aún no inscrita, por constar suficientemente quién es la madre, que está o ha estado casa...

Artículo 49

I. Indicaciones generales.-II. El reconocimiento de filiación no matrimonial: 1. Introducción. 2. Nociones fundamentales: A) Concepto. B) Naturaleza. 3. Persona que puede reconocer: A) Carácter personalísimo de la facultad de reconocer. B) La capacidad de obrar exigida: a) Indicaciones generales. b) ¿Hay algún límite de edad por bajo del cual el menor no tenga capacidad para reconocer ni siquiera con la aprobación judicial? c) La capacidad que para reconocer tienen los in...

Artículo 50

I. Indicación general.-II. Casos en que la inscripción de filiación pierde su fuerza en virtud de la declaración de determinada persona: 1. Casos en que basta la simple declaración de una persona. 2. Casos en que, además, se requiere expediente.-III. La rectificación de los asientos de filiación defectuosos: 1. Indicaciones generales. 2. Los preceptos aplicables.-IV. La rectificación por juicio declarativo: 1. Distintos tipos de acciones que comportan la pretensión de rectificación. 2.  ...

Artículo 51

I. Actualización del artículo.-II. La publicidad restringida: 1. Fundamento. 2. Supuestos de aplicación y su desarrollo. 3. Sus límites.

Artículo 52

I. El principio de igualdad entre los hijos en el artículo 52 de la L. R. C.- II. El principio de igualdad entre los hijos en la actualidad: 1. El principio de equiparación. 2. Inflexiones de la regla de equiparación.-III. El principio constitucional de igualdad en relación con las disposiciones de la L. R. C. en materia de filiación: 1. El régimen de los apellidos. 2. El régimen de la determinación legal de la filiación. 3. El régimen de la publicidad de los datos registrales sobre filiac...

Capítulo III. Del nombre y apellidos


Artículo 53

I. Introducción. Naturaleza jurídica del derecho al nombre: el derecho al nombre como derecho humano, derecho fundamental y derecho de la personalidad: 1. El derecho al nombre como derecho humano: A) Ambito internacional. B) Ambito regional: a) Consejo de Europa: Convención Europea sobre los Derechos del Hombre. b) Unión Europea. c) Comisión Internacional del Estado Civil. d) Convención Americana sobre Derechos Humanos. 2. El derecho al nombre como derecho fundamen...

Artículo 54

Artículo 55

I. Sistema legal de atribución de los apellidos en función de la filiación: 1. Filiación determinada por ambas líneas, paterna y materna: A) Determinación de la filiación matrimonial. B) Determinación de la filiación no matrimonial. 2. Excepción al régimen general de atribución de apellidos: artículo 111 del C. c. 3. Filiación determinada inicialmente sólo respecto a uno de los progenitores: A) Filiación exclusivamente paterna. B) Filiación exclusivamente materna: a) Facultad de inversión del...

Artículo 56

I. Efectos de la adopción sobre los apellidos del adoptado: 1. Régimen legal de la adopción y su proyección en la atribución de los apellidos al adoptado: A) Régimen general. B) Excepciones al régimen general. 2. Proyección registral del régimen de apellidos en la adopción: A) Constancia registral de la adopción. B) Régimen de publicidad de la adopción. C) Efectos sobre los apellidos del adoptado del reconocimiento de filiación después de una adopción.

Artículo 57

I. Principio general de inmutabilidad del nombre: 1. Excepciones al principio general. 2. Clasificación de los supuestos legales de cambio de nombre y apellidos: A) Cambios automáticos. B) Cambios voluntarios. 3. Reglas generales de los expedientes registrales de cambio de nombre y apellidos.-II. Régimen legal de los cambios de nombre y apellidos competencia del Ministerio de Justicia. Artículo 57 de la L. R. C: 1. Competencia general del Ministerio de Justicia: A) Cambio del nombre propio o ...

Artículo 58

I. Cambios de apellidos competencia del Ministerio de Justicia: 1. Régimen excepcional del párrafo 1.º del artículo 58 de la L. R. C.-II. Cambios de nombre y apellidos competencia del Gobierno: 1. Régimen del párrafo 2.º del artículo 58 de la L. R. C.

Artículos 59 y 60

I. Expedientes de cambio de nombre y apellidos competencia del Encargado del Registro Civil: 1. Reglas generales: A) Dualidad de competencias Ministerio de Justicia/Encargado del Registro Civil. B) Artículo 60 de la L. R. C. Justa causa y no perjuicio de tercero. 2. Supuestos de cambio de nombre y apellidos: A) Cambio del apellido Expósito u otros análogos, indicadores de origen desconocido. B) Cambio de nombre y apellidos impuestos con infracción de las normas establecidas. C) Conservación p...

Artículo 61

I. Modificaciones derivativas de los apellidos por cambio gubernativo: 1. Eficacia automática de los cambios de apellidos de los progenitores sobre los apellidos de los hijos menores de edad o incapaces, y emancipados. 2. Regulación reglamentaria de las modificaciones derivativas de apellidos. Artículo 217 del R. R. C. 3. Procedimiento registral para prestar el consentimiento al cambio por los hijos mayores o emancipados.

Artículo 62

I. Eficacia de la inscripción registral del nombre: 1. Consignación oficial del nombre registralmente impuesto. Eficacia de la inscripción. 2. Eficacia de la inscripción del cambio de nombre o apellidos.

Capítulo IV. De la nacionalidad y vecindad civil


Capítulo IV

I. La nacionalidad española en cuanto objeto del Registro Civil: 1. La nacionalidad española es objeto del Registro Civil por ser un estado civil: A) Es una cualidad personalísima. B) Concreta la capacidad e independencia jurídica de cada persona. C) Trascendencia general. 2. La extranjería como estado civil. 3. El estado civil de nacionalidad en la L. R. C. 4. El Registro Civil no proporciona prueba completa de la nacionalidad: A) Hay hechos adquisitivos que no existen sin inscripción. B)...

Artículo 63

I. Los expedientes relativos a la nacionalidad: indicaciones generales.-II. Legislación aplicable a los expedientes de concesión, de habilitación y de dispensa.- III. Nociones generales sobre los actos de concesión de nacionalidad por residencia o por carta de naturaleza: 1. Indicación general. 2. Caracteres de su naturaleza: A) En principio son actos administrativos. B) Son actos de régimen especial. 3. Clases.- IV. El expediente de concesión de nacionalidad por residencia: 1. Presupuestos: ...

Artículo 64

I. Declaraciones a que se refiere el precepto: 1. Declaraciones relativas a la nacionalidad: A) Tipos de hechos a que se refiere. B) Declaraciones a que se refiere respecto de cada hecho relativo a la nacionalidad. 2. Declaraciones relativas a la vecindad civil: A) La declaración de conservación de la vecindad civil. B) Las declaraciones de modificación de la vecindad civil.-II. Encargados competentes para recibir las declaraciones y para practicar la correspondiente inscripción: 1. Falta act...

Artículo 65

I. Indicación general.-II. La declaración de querer conservar la nacionalidad española.-III. La declaración de querer conservar determinada vecindad civil: 1. Alcance del artículo 65 de la L. R. C. 2. La declaración de conservar la vecindad civil: A) Capacidad. La representación legal. B) Contenido. C) Tiempo hábil para formularla. D) Forma de la declaración e inscripción. E) Efectos. 3. Casos en que se da una declaración de voluntad de adquirir que, para evitar la adquisición automática de l...

Artículo 66

I. El Registro Civil y las situaciones de doble nacionalidad.-II. Sentido y alcance del artículo 66 de la L. R. C.-III. Los Convenios vigentes de doble nacionalidad: las declaraciones y hechos inscribibles conforme al artículo 66 de la L. R. C: 1. Relación de Convenios vigentes. 2. Los Convenios de doble nacionalidad anteriores a la Constitución: A) Su alcance. B) Supuestos en que se produce la doble nacionalidad. C) El status del doble nacional en los Convenios: hechos que afectan a una u ot...

Artículo 67

I. La pérdida de la nacionalidad se produce siempre de pleno derecho.- II. La pérdida de la nacionalidad en cuanto hecho sujeto a inscripción: régimen registral.

Artículo 68

I. Indicaciones generales.-II. Presunción de nacionalidad española.-III. Presunción de determinada vecindad civil.