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Year 1999
Revista de revistas
«Algunas consideraciones en torno al artículo 752 del Código Civil»
«El Registro Inmobiliario y la adquisición de la propiedad»
Reseña legislativa
Disposiciones legales publicadas en el B.O.E.
Tribunales
Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de octubre de 1999 (Sala 1.a)
Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de julio de 1999 (Sala 3.a, sección 4.a)
Registro de la propiedad
Resolución de 1 de octubre de 1999 (B.O.E de 27 de octubre de 1999)
El ámbito de la calificación registral de los documentos judiciales incluye la inadecuación del procedimiento respecto al fallo del mismo. Pero tal inadecuación no existe si, en el seno del procedimiento ejecutivo del art. 131 LH, una vez llegada la adjudicación de una finca arrendada, el arrendatario ejercita el retracto, por lo que se le tiene por subrogado en todos los derechos del cesionario del remate (el cual, además, ha aceptado tal retracto). Por ello, es inscribible el auto judicial ...
Resolución de 16 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 9 de octubre de 1999)
La condición resolutoria expresa inscrita en el Registro de la Propiedad, en cuanto es una garantía que surte efectos reales, tiene un rango registral. Tal rango es susceptible de posposición respecto a una hipoteca si así lo convienen los interesados (en el presente caso, concurrían los consentimientos del acreedor hipotecario, el deudor hipotecante y el vendedor en cuyo favor se pactó la condición resolutoria expresa).
Resolución de 23 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 9 de octubre de 1999)
Resuelto, por sentencia firme, a causa del incumplimiento del cesionario, un contrato de cesión de solar a cambio de obra futura, en el que no se estipuló condición resolutoria a favor del cedente, dicha sentencia no es título que permita cancelar las anotaciones de embargo anteriores a la anotación de la demanda de resolución.
Resolución de 27 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 22 de octubre de 1999)
Para obtener la cancelación de una hipoteca no basta la escritura que contenga el consentimiento abstracto del acreedor en tal sentido (se rechaza el denominado «consentimiento formal cancelatorio»). Por tanto, la declaración cancelatoria ha de estar causalizada (ya que nuestro ordenamiento es causalista), pero la mera renuncia abdicativa implícita en una declaración cancelatoria genérica se considera causa suficiente (reitera la doctrina de la R. 2 Febrero 1992).
Resolución de 30 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 20 de octubre de 1999)
1. No cabe la inscripción del testimonio de un auto de adjudicación, cuando en el momento de su presentación, y de la del mandamiento de cancelación de cargas posteriores, aparece la finca inscrita a favor de persona distinta del demandado, no habiéndose practicado la anotación preventiva de embargo derivada del procedimiento. 2. La anotación preventiva de demanda no puede equipararse a la de embargo, dadas sus sustanciales diferencias, tanto en la naturaleza del derecho que reflejan como ...
Resoluciones de 20 y 22 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 14 de octubre de 1999)
1. El recurso gubernativo sólo cabe contra las calificaciones por las que suspende o deniega el asiento solicitado, pero no respecto de aquéllas que termina practicando dicho asiento ni respecto de la forma en que el asiento ha tenido lugar. 2. Como consecuencia de lo anterior, los asientos practicados se encuentran bajo la salvaguarda de los Tribunales y producen todos sus efectos en tanto no se declare su nulidad o inexactitud, siendo preciso para su rectificación el consentimiento del t...
Registro mercantil
Resolución de 15 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 9 de octubre de 1999)
1. La excepción a la regla general supletoria de nombramiento de administrador de una SRL por tiempo indefinido ha de hacerse a través de la determinación concreta en los propios estatutos de cuál sea el plazo de duración, sin que resulte admisible una delegación en favor de la propia junta general para concretar aquél con ocasión de cada nombramiento. 2. El sistema de retribución de los administradores ha de fijarse en los estatutos y no basta con dejar que lo haga para cada ejercicio la ...
Resolución de 17 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 26 de octubre de 1999)
Las Sociedades Anónimas Laborales no están excluidas de la sanción legal disolutoria y cancelatoria de la DT 6 2 LSA.
Resolución de 18 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 27 de octubre de 1999)
1. La excepción a la regla general supletoria de nombramiento de administrador de una SRL por tiempo indefinido ha de hacerse a través de la determinación concreta en los propios estatutos de cuál sea el plazo de duración, sin que resulte admisible una delegación en favor de la propia junta general para concretar aquél con ocasión de cada nombramiento. 2. El sistema de retribución de los administradores ha de fijarse en los estatutos y no basta con dejar que lo haga para cada ejercicio la ...
Resolución de 2 de octubre de 1999 (B.O.E. de 27 de octubre de 1999)
Para inscribir la renuncia de un administrador único es necesario, al menos, que éste justifique haber convocado una junta general en cuyo orden del día figure el nombramiento de un nuevo administrador que le sustituya.
Resolución de 21 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 14 de octubre de 1999)
1. No puede preverse en los estatutos de una SRL que las participaciones se documentarán en certificados numerados y transmisibles por documento público. 2. Si se ha establecido un determinado sistema de administración, no cabe que en otros preceptos estatutarios se incluyan alusiones a sistemas de administración diferentes. 3. El sistema de retribución de los administradores ha de fijarse en los estatutos.
Resolución de 24 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 27 de octubre de 1999)
No es posible que una SA aumente su capital con cargo a una reserva disponible, cuando del balance de situación que le sirve de fundamento resulta una pérdida en cuantía suficiente para afectar a la integridad del aumento proyectado.
Resolución de 29 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 20 de octubre de 1999)
Figurando en los estatutos de una SA un determinado plazo de duración del cargo de administrador, no cabe nombrarlo por un plazo inferior, sin perjuicio de la facultad de la junta de separarlo en cualquier momento.
Sistema Notarial
Resoluciones de 22 de enero y 1 de febrero de 1999
Improcedencia del recurso de queja para ventilar estas reclamaciones, de modo que deberá estarse a la relación civil de la cual derive el encargo de gestión. Cuestión distinta es que el Notario, con su actuación, haya incurrido en desmerecimiento de la función notarial, lo que puede originar responsabilidad disciplinaria.
Estudios
Uniones estables de pareja en Cataluña
Práctica Jurídica
Aspectos contables derivados de la introducción del euro
El otorgamiento de escritura pública de declaración de obra nueva a efectos tributarios
I. La declaración de obra nueva en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. -II. La declaración de obra nueva por cooperativa fiscalmente protegida según la jurisprudencia del tribunal supremo y la normativa vigente.


