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Year 2002
Revista de revistas
Reseña de la Revista Catalana de Dret Privat
Reseña legislativa
Tribunales
Actes del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya
Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1.a) de 23 de septiembre de 2002
1.- Falta de legitimación para impugnar la validez de un convenio colectivo. 2.- Emplazamiento edictal sin indefensión. 3.- Exigencia dé motivación de los actos administrativos discrecionales. 4.- Subsidiariedad del amparo, nulidad de actuaciones. 5.- Murcia. Fauna silvestre, caza y pesca fluvial. 6.- Derecho a la audiencia pública en apelación, revisión de la doctrina constitucional. 7.- Inexistencia de legitimación sindical. 8.- Inaplicación judicial de una ley autonómica vigente; Ley catal...
Registro de la propiedad
Resolución de 1 de octubre de 2002 (B.O.E. de 15 de noviembre de 2002)
No es posible anotar el embargo de bienes gananciales del deudor sin notificar el embargo al cónyuge, aunque se trate de un juicio monitorio o cambiarlo que no requiera para acordar el embargo la notificación previa al deudor.
Resolución de 10 de octubre de 2002 (B.O.E. de 16 de noviembre de 2002)
La particularidad del embargo como medida cautelar fuera y antes del procedimiento de apremio a que se refiere el art. 128 de la LGT no requiere la previa notificación al deudor para su práctica.
Resolución de 11 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 30 de diciembre de 2002)
La presentación de una instancia junto con una sentencia declarativa de la que se deriva la nulidad de un acto de aprobación de un plan urbanístico no es suficiente para cancelar los derechos de aprovechamiento urbanístico inscritos y dimanantes de dicho plan. Las cancelaciones habrán de ser ordenadas, en su caso, por la autoridad judicial, en ejecución de sentencia.
Resolución de 11 de octubre de 2002 (B.O.E. de 15 de noviembre de 2002)
Instituidos herederos por partes iguales en el tercio de legítima los dos únicos hijos de la testadora, sustituidos vulgarmente por sus descendientes, si uno de ellos repudia a la herencia, entra en juego la sustitución vulgar y no el derecho de acrecer a favor del otro heredero.
Resolución de 12 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 28 de diciembre de 2002)
La anotación preventiva de embargo acordada como medida cautelar por la Administración con carácter previo al inicio del procedimiento de apremio por deudas tributarias, no requiere la previa notificación al deudor para su constancia registral.
Resolución de 14 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 28 de diciembre de 2002)
No puede tomarse anotación preventiva de demanda sobre bienes que, en el momento de presentar el mandamiento en el Registro, se encuentren inscritos a nombre de persona distinta del demandado.
Resolución de 15 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
La segregación o división de elementos privativos de un edificio constituido en régimen de propiedad horizontal precisará de licencia municipal sólo cuando la legislación urbanística autonómica aplicable la exija.
Resolución de 16 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
La segregación o división de elementos privativos de un edificio constituido en régimen de propiedad horizontal precisará de licencia municipal sólo cuando la legislación urbanística autonómica aplicable la exija.
Resolución de 17 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
Cuando en el Registro aparece una titularidad sobre la que pende anotación preventiva de demanda de rescisión o resolución, cabe tomar anotación preventiva de embargo sobre la finca o derecho cuando haya sido dirigida contra la persona que resultaría titular de la finca de prosperar la indicada demanda.
Resolución de 18 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 28 de diciembre de 2002)
El principio registral de especialidad, y la propia configuración del derecho, exigen que en el derecho de vuelo se concreten el número de plantas a construir y el plazo de desenvolvimiento o realización de la construcción. Un derecho de vuelo configurado para levantar «cuantas plantas permitan las ordenanzas municipales», sin limitación temporal, puede suponer una auténtica sustracción, sin justa causa, a los propietarios de la finca edificada del futuro aprovechamiento urbanístico.
Resolución de 19 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 30 de diciembre de 2002)
Cuando en el Registro aparece una titularidad sobre la que pende anotación preventiva de demanda de rescisión o resolución, cabe tomar anotación preventiva de embargo sobre la finca o derecho cuando haya sido dirigida contra la persona que resultaría titular de la finca de prosperar la indicada demanda.
Resolución de 2 de octubre de 2002 (B.O.E. de 14 de noviembre de 2002)
La anotación preventiva de demanda puede tener por objeto las que se basan en acciones reales o personales con vocación de derecho real.
Resolución de 20 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 28 de diciembre de 2002)
La inscripción de un auto dictado en expediente de dominio para reanudar el tracto respecto de una finca que procede por segregación de otra, no requiere la descripción de resto respecto de la matriz.
Resolución de 21 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 28 de diciembre de 2002)
1. La formalización de la declaración de obra nueva de un edificio y la constitución del mismo en régimen de propiedad horizontal no requieren, en principio, el consentimiento del usufructuario. 2. No cabe constituir como elementos independientes en una propiedad horizontal dos espacios abiertos o porciones de solar no edificados si no tienen atribuida una función o una finalidad específicas.
Resolución de 21 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
El Registrador de Bienes Muebles no puede tener en cuenta en su calificación datos obtenidos del registro administrativo de vehículos de la Dirección General de Tráfico, en especial si los mismos son contradictorios con el contenido del propio Registro de Bienes Muebles.
Resolución de 22 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
El Registrador de Bienes Muebles no puede tener en cuenta en su calificación datos obtenidos del registro administrativo de vehículos de la Dirección General de Tráfico.
Resolución de 23 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
Es posible la inscripción de una escritura de la que resultan como entidades independientes unas parcelas edificables por vía de constitución de un complejo inmobiliario privado (en el título se hablaba de constitución de régimen de propiedad horizontal) aunque no se realice simultáneamente ninguna declaración de obra nueva.
Resolución de 23 de octubre de 2002 (B.O.E. de 12 de diciembre de 2002)
La existencia de un contrato de arrendamiento financiero anotado en el registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico pero no en el Registro de Bienes Muebles no cierra este segundo Registro para la anotación de un embargo por deudas del usuario del vehículo.
Resolución de 25 de septiembre de 2002 (B.O.E. de 15 de noviembre de 2002)
No cabe tomar anotación preventiva de la demanda civil que se ejercita conjuntamente con la querella penal cuando de lo que se trata es de asegurar la responsabilidad civil derivada del delito; en este caso, es la anotación preventiva de embargo el cauce adecuado.
Resolución de 26 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
No cabe tomar anotación preventiva de la acción civil ejercitada conjuntamente con la querella penal cuando las fincas objeto de la misma aparecen inscritas a nombre de persona distinta del querellado.
Resolución de 28 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de noviembre de 2002)
El límite de responsabilidad hipotecaria impuesto por el artículo 114 LH es de cinco años, pero puede separarse la relativa a intereses ordinarios y a los moratorios, y, cada una, con el tope temporal máximo fijado.
Resolución de 29 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
Para la inscripción de bienes adquiridos por personas casadas de nacionalidad extranjera, es suficiente indicar que adquieren «con sujeción al régimen matrimonial legal supletorio de su nacionalidad», sin que sea necesario indicar ni probar cuál sea éste.
Resolución de 3 de octubre de 2002 (B.O.E. de 15 de noviembre de 2002)
Las declaraciones de obra nueva de construcciones realizadas antes de la entrada en vigor de la Ley del Suelo de 1990 no requieren los requisitos exigidos por esta Ley, si cumplen los previstos por la legislación vigente al tiempo de su finalización. La finalización de la obra nueva antes de la entrada en vigor de la Ley del Suelo de 1990 puede quedar acreditada por un documento oficial, como es el visado del Certificado de Final de Obra por el Colegio Profesional de Arquitectos.
Resolución de 30 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
Para alterar una titularidad registral, es preciso que en el procedimiento correspondiente el titular haya tenido posibilidad de intervenir, y de haber fallecido, es preciso contar con el título sucesorio de dicho titular. Los Registradores de la Propiedad, como funcionarios públicos, tienen la obligación de respetar y colaborar en la ejecución de las resoluciones judiciales firmes (artículo 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), pero también tienen obligación de aplicar el principio...
Resolución de 31 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de noviembre de 2002)
No pueden los herederos del comprador de determinado bien del Estado español adquirir directamente de éste, por su condición de sucesores del verdadero comprador.
Resolución de 4 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
1. La adaptación de los estatutos de las asociaciones catalanas a la Ley de 18 de junio de 1997 no se impone como obligación general, sino que se refiere sólo a los aspectos concretos que puedan oponerse a la nueva regulación; su falta no está penalizada con ninguna sanción específica. 2. Las modificaciones que una adaptación de estatutos puedan llevar a cabo en relación con las facultades del órgano decisorio de la asociación en ningún caso van a suponer la revocación de actos realizados ...
Resolución de 4 de octubre de 2002 (B.O.E. de 14 de noviembre de 2002)
La constancia registral de la finalización de obra lo único que hace es expresar tal finalización, con referencia a la obra en construcción tal y como está inscrita, siendo innecesario, por tanto, que el certificado del técnico competente exprese que la obra se ha realizado de acuerdo con la licencia.
Resolución de 5 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 12 de diciembre de 2002)
a) La registracion de un exceso de cabida «stricto sensu» sólo puede configurarse como la rectificación de un erróneo dato registral referido a la descripción de una finca inmatriculada, de modo que ha de ser indubitado que con tal rectificación no se altera la realidad física exterior que se acota con la global descripción registral, esto es, que la superficie que ahora se pretende constatar tabularmente es la que debió reflejarse en su día por ser la realmente contenida en los linderos orig...
Resolución de 5 de octubre de 2002 (B.O.E. de 14 de noviembre de 2002)
La división de un local comercial en dos requiere el consentimiento de la Junta de Propietarios del edificio, aunque éste no haya sido constituido en régimen de propiedad horizontal.
Resolución de 6 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
1. No se precisa el nombramiento de defensor judicial "ad hoc" en la partición de herencia en que concurre el tutor de sus hermanos incapaces con éstos, cuando su cuota hereditaria es de la misma naturaleza y la partición se realiza mediante adjudicaciones en proindivisa sí será necesaria, en cambio, la aprobación judicial (el Derecho aplicable es el Código Civil). 2. La no acreditación de la inscripción del cargo de tutor no es defecto que impida la inscripción cuando conste del título pr...
Resolución de 7 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 11 de noviembre de 2002)
En virtud de los principios hipotecarios de legitimación y de tracto, es preciso que para practicar cualquier tipo de asiento en el Registro que afecte a fincas ya inscritas, sus titulares han de ser notificados o haber sido parte en el proceso.
Resolución de 7 de octubre de 2002 (B.O.E. de 16 de noviembre de 2002)
Ante una escritura en la que se adjudica una cuota de participación en una finca a los herederos de un nacional holandés conforme a un testamento autorizado por notario holandés y con todos los demás partícipes se divide horizontalmente la finca y se extingue la comunidad existente, la DG sostiene: - Que el Registrador debe transcribir en la inscripción a favor de los herederos las cláusulas limitativas impuestas en el testamento -básicamente un fideicomiso de residuo-, sin condicionar la ...
Resolución de 8 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 30 de noviembre de 2002)
La expresión en la escritura de que los apoderados de la sociedad prestamista «tienen facultades representativas suficientes para el préstamo con garantía hipotecaria que se instrumenta en esta escritura» es bastante para expresar el juicio de suficiencia del poder por el notario.
Resolución de 8 de octubre de 2002 (B.O.E. de 16 de noviembre de 2002)
Cabe extender la cobertura de hipoteca cambiaría a intereses de demora de letra de cambio más allá del límite del artículo 58 de la Ley Cambiaría y del Cheque.
Resolución de 9 de octubre de 2002 (B.O.E. de 16 de noviembre de 2002)
Registro mercantil
Resolución de 11 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 19 de diciembre de 2002)
a) En la SRL no cabe la segunda convocatoria, y mucho menos considerar que en esa segunda convocatoria la junta sería universal por no haber comparecido el socio excluido. b) Cuando es necesaria la resolución judicial, en tanto no exista ésta, la exclusión no despliega efecto alguno y los socios ostentan todos sus derechos, entre ellos el de ser convocados a las juntas y de participar en la mismas mediante su asistencia y voto. c) No cabe convocar por anuncios si el sistema estatutario ...
Resolución de 14 de octubre de 2002 (B.O.E. de 16 de noviembre de 2002)
a) Cualquiera que sea la redacción del art. 69 RRM, desde el 01/01/02 es aplicable a los Registros Mercantiles el art. 326 LH y el nuevo plazo de un mes. b) Cuando el cómputo del plazo ha de hacerse de fecha a fecha, el día final correspondiente a los meses o años es siempre el correspondiente al mismo día ordinal del día que se está tomando en consideración (en el caso, el día de la notificación de la calificación negativa). c) La falta de impugnación en plazo de una calificación regis...
Resolución de 15 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 28 de diciembre de 2002)
a) Que en su decisión exprese el socio único que se modifican y adaptan los estatutos a la nueva ley, por un lado no significa que las modificaciones tengan como único objetivo esa adaptación, pero es que aunque así se hubiera expresado no sería motivo suficiente para rechazar una modificación implícita en la nueva redacción que se dé a una de sus reglas, pues en la aceptación de esa nueva redacción va la voluntad de modificarla, sin que pueda el Registrador entender esa voluntad como falta d...
Resolución de 16 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 28 de diciembre de 2002)
La omisión total o parcial de la exigencia prevista en el art. 144. 1.c) LSA constituye un vicio de la convocatoria que invalida el acuerdo que sobre el particular se pueda adoptar, sin que se entienda subsanado con una genérica referencia a los demás documentos que van a ser sometidos a la aprobación de la junta, después de haber hecho la mención que impone el art. 212 LSA.
Resolución de 18 de octubre de 2002 (B.O.E. de 15 de noviembre de 2002)
a) No toda partida contable amparada por la denominación de reserva puede considerarse que implique un aumento de los recursos propios de la sociedad -del activo neto por encima del capital-, pues hay partidas que bajo la denominación de reservas sólo suponen asientos impuestos por la técnica contable (p. ej., arts. 79.3 y 84 LSA). b) Un requisito esencial para la capitalización de las reservas o beneficios no es sólo que tengan la consideración de recursos propios, sino también que sean d...
Resolución de 22 de noviembre de 2002 (B.O.E. de 28 de diciembre de 2002)
a) Los acuerdos del consejo de administración de una entidad pública empresarial, en los aspectos relativos a la formación de la voluntad de dicho órgano, y en concreto, respecto de la atribución de la representación del ente público, no se rigen por el Derecho privado, sino por la normativa especial cuya infracción corresponde revisar a la jurisdicción contencioso administrativa, y tales aspectos netamente administrativos sólo pueden ser calificados por el Registrador dentro de los límites d...
Resolución de 24 de octubre de 2002 (B.O.E. de 11 de diciembre de 2002)
a) Si en un mismo escrito se interpone recurso contra dos documentos distintos, aunque relacionados entre sí, cada uno habrá de resolverse por separado, pues sólo cabe la acumulación en supuestos excepcionales (en el caso, la DGRN cita el art. 73 Ley 30/1992). b) So pena de incurrir en un círculo vicioso, el Registrador habrá de calificar simultáneamente dos documentos (en el caso, las cuentas y el que formalizaba el nombramiento de auditor), para tener por subsanados la vista de uno el de...
Resolución de 25 de octubre de 2002 (B.O.E. de 18 de noviembre de 2002)
En la SA cabe nombrar suplente de un administrador único, quedando suficientemente amparado dicho acuerdo con la referencia en el orden del día al nombramiento de administrador (en el caso, los estatutos no lo contemplaban).
Resoluciones de 7 y 5 de octubre de 2002 (B.O.E. de 16 y 18 de noviembre de 2002)
a) No siendo las participaciones de una SRL en la actualidad objeto de publicidad registral -no lo es la identidad de los socios, pues, en esos casos, lo es como elemento del contrato social, o para constatar la unipersonalidad, o como garantía de los acreedores-, tampoco podrán serlo las medidas cautelares que recaen sobre las mismas (en el caso, una anotación preventiva de querella sobre participaciones de un socio, haciendo constar la responsabilidad civil que se reclamaba). b) No todo ...
Sistema Notarial
Resolución de 4 de julio de 2002
Estudios
El pacto de atribución de ganancialidad en las donaciones remuneratorias o con causa onerosa
Capacidad de los menores de edad conforme a su ley personal para otorgar actos jurídicos en España a la luz del artículo 10.8 del Código Civil y el artículo 11 del Convenio de Roma.
La nulidad de actuaciones en la Ley de Enjuiciamiento Civil
I. Concepto. II. La nulidad de actuaciones en la LEC 1/2000. III. Procedimiento de declaración de nulidad. IV. El incidente excepcional de nulidad de actuaciones. V. Actos subsanables y conservación de actos. VI. Análisis comparativo entre la LOPJ y la LEC.
Práctica Jurídica
Modificaciones fiscales contenidas en la Ley 46/2002
Sobre la aplicabilidad del artículo 41 LSA a la sociedad en formación


