La Notaría (desde 1995)

from January 1995
Last Number: November 2008

Col·legi de Notaris de Catalunya
ISSN 0210-427X

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Year 2005

Nbr. 18, June 2005

Reseña legislativa

Internet. Legislació i dret

Tribunales

Maig-Juny 2005

Introducció. 1. Cotización por horas trabajadas a tiempo parcial. 2. Tenencia de armas prohibidas. 3. Suplicación laboral, incongruencia. 4. Declaraciones no corroboradas de los coimputados. 5. Tributación por pensión de alimentos en convenio de separación matrimonial. 6. Elecciones sindicales. 7. Prueba indiciaría insuficiente. 8. Prescripción penal, querella de la Agencia Tributaria. 9. Demanda contencioso-administrativa, presentación al día siguiente del vencimiento del plazo. 10. Inadmisi...

Registro de la propiedad

Resolución de 13 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

El principio constitucional de tutela judicial efectiva, que impone la proscripción de la indefensión, su consecuencia procesal constituida por el principio de relatividad de la cosa juzgada y sus corolarios regístrales que se reflejan en los principios de salvaguardia judicial de los asientos y tracto sucesivo, imponen que, para alterar una titularidad registral, es preciso que, en el procedimiento correspondiente, el titular haya tenido posibilidad de intervenir, y, de haber fallecido, es p...

Resolución de 14 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

La adquisición inscrita se produjo como consecuencia de una adjudicación hereditaria, no por adquisición onerosa previa de derechos hereditarios o posterior de cuotas adjudicadas previamente en pro indiviso, con lo que la forma en que se practicó la inscripción que se solicita rectificar fue correcta, ajustándose a lo dispuesto en el artículo 95.1 del Reglamento Hipotecario, sin que pueda calificarse de errónea.

Resolución de 18 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

Para que puede acceder al Registro, habrá de contar, necesariamente, con la preceptiva licencia de parcelación o declaración de innecesariedad de la misma, tal y como resulta del artículo 78 del R.D. 1.093/97 de 4 de julio, en relación con el artículo 66.3 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Resolución de 19 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

Apareciendo la finca inscrita a favor de tercero que no ha sido parte en el procedimiento, no puede inscribirse el título ahora calificado, pues así lo impone el principio constitucional de protección jurisdiccional de los derechos (artículo 24 de la Constitución Española), así como los principios regístrales de legitimación, salvaguardia judicial de los asientos y tracto sucesivo (artículos 1, 20 y 38 de la Ley Hipotecaria). A la misma conclusión lleva el principio de relatividad de la cosa ...

Resolución de 20 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

No se infiere que se pretenda embargar la cuota global de los demandados en esos patrimonios en liquidación, sino los derechos que puedan corresponderles sobre bienes concretos, con las consecuencias que se derivan de lo expuesto en el apartado precedente: que el objeto de embargo carece de verdadera sustantividad jurídica, no puede ser configurado como un auténtico objeto de derecho susceptible de una futura enajenación judicial (cfr. Resolución de 8 de julio de 1991) y, por tanto, debe rech...

Resolución de 20 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

El poder de representación del Administrador único de una sociedad limitada se extiende a todos los actos comprendidos dentro del objeto social de aquélla (cfr. artículos 129 de la Ley de Sociedades Anónimas y 11 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada), estando, por tanto, facultado para constituir garantías reales en seguridad de deudas ajenas si tales actuaciones caen dentro de dicho, ámbito de actuación o son instrumento idóneo para su consecuencia (Resoluciones de 12 y 16 de ...

Resolución de 20 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

La registración de un exceso de cabida «stricto sensu» sólo puede configurarse como la rectificación de un erróneo dato registral referido a la descripción de finca inmatriculada, de modo que ha de ser indubitado que con tal rectificación no se altera la realidad física exterior que se acota con la global descripción registral.

Resolución de 21 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

El presente recurso no puede admitirse por haber sido presentado fuera del plazo establecido en la Legislación hipotecaria, en aras de un principio elemental que fundamenta la seguridad jurídica.

Resolución de 21 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

A tenor de lo que disponen los artículos 83 de la Ley Hipotecaria y 524.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para poder practicar una cancelación ordenada por resolución judicial es necesaria la firmeza de aquella, en los términos que proclama el artículo 207 citado; caso contrario, solo cabría practicar un asiento con vocación temporal, una anotación.

Resolución de 21 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

Es ajustada a Derecho la exigencia que se contiene en la nota recurrida, en el sentido de que, para inscribir la sentencia en cuestión, deberán guardarse los plazos señalados en el artículo 502.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Resolución de 22 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

De todo ello se deduce -claramente- que dicha legislación autonómica establece la necesidad de licencia (o bien declaración municipal de innecesariedad) para toda división de fincas o terrenos (cfr. art. 288 b) 2o del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León), prohibiendo, en consecuencia, a Notarios y Registradores, autorizar e inscribir, respectivamente, escrituras de división, parcelación o segregación de fincas o terrenos en cualquier clase de suelo sin la oportuna licencia municipal o ...

Resolución de 22 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

Resolución de 23 de abril de 2005 (B.O.E. de 17 de junio de 2005)

Que tal representación en modo alguno va inherente al cargo del albacea, al que no se le atribuyen mas facultades que las legales, ni al contador-partidor, designado solo para efectuar la partición de los bienes, por lo que al no constar la aprobación -o ratificación- del cónyuge viudo a lo actuado (en especial a la liquidación de la sociedad de gananciales).

Resolución de 25 de abril de 2005 (B.O.E. de 17 de junio de 2005)

El acto dispositivo es realizado por el cónyuge titular, y su consorte consiente, como así se deduce del otorgamiento, en dicho acto dispositivo, dando el Notario fe de dicho consentimiento, conforme al artículo 17 bis de la Ley del Notariado.

Resolución de 25 de abril de 2005 (B.O.E. de 17 de junio de 2005)

La cuestión central que este recurso plantea es la posibilidad de inscribir como derecho real sobre cosa ajena «el derecho de arrendar y percibir la renta con carácter privativo por plazo de treinta años» sobre dos fincas urbanas inscritas, que para el recurrente cabe construir como derecho real nuevo, similar a un usufructo, al amparo del principio de «nume-rus apertus» e inscribible, mientras que para la registradora carece de las características propias de los derechos reales por lo que, s...

Resolución de 25 de abril de 2005 (B.O.E. de 17 de junio de 2005)

El Ayuntamiento es, por tanto, copropietario del edificio, por lo que su consentimiento, expresado en debida forma, es inexcusable para proceder a la rectificación del título constitutivo. Por otro lado, no se entiende muy bien que el recurrente pretenda ahora la inscripción del título sin dicho consentimiento cuando, además, lo ha solicitado antes de forma expresa, conforme reconoce en el propio escrito de interposición del recurso.

Resolución de 26 de abril de 2005 (B.O.E. de 16 de junio de 2005)

Según reconoce el recurrente se trata solamente de un expediente para la reanudación del tracto sucesivo interrumpido y el defecto de cabida es un error del título lo cual deberá ventilarse en el procedimiento declarativo correspondiente.

Resolución de 26 de abril de 2005 (B.O.E. de 17 junio de 2005)

El artículo 613.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que la cantidad consignada en la anotación por principal, intereses y costas, servirá de límite de responsabilidad respecto del tercer poseedor que hubiera adquirido el bien embargado en otra ejecución, lo que confirma que quedan excluidos los terceros poseedores que adquieran voluntariamente del embargado, como es el caso.

Resolución de 27 de abril de 2005 (B.O.E. de 17 de junio de 2005)

Conforme a los artículos 26.2, 42 de la Ley Hipotecaria y 145 del Reglamento Hipotecario, no cabe enajenación o disposición alguna de la finca toda vez que sobre la misma figura una anotación preventiva de prohibición de disponer. Estamos ante una aplicación concreta del principio de prioridad, dado que títulos presentados después, han pasado sin embargo a tener preferencia y determinar el cierre registral de aquéllos, como consecuencia de la caducidad de su asiento de presentación (derivado ...

Resolución de 28 de abril de 2005 (B.O.E. de 10 de junio de 2005)

No basta con que la sentencia declare que una persona es dueña de una finca, sino que debe constar cuál es el título por el que adquirió su derecho, pues en el Registro se inscribe el derecho como consecuencia de su adquisición por un acto o contrato de trascendencia real (cfr. artículos 1 y 2 de la Ley Hipotecaria), y así lo exige la distinta protección del derecho según el título de adquisición.

Resolución de 28 de abril de 2005 (B.O.E. de 17 de junio de 2005)

Resulta del testimonio del Auto que se ha citado a todos los colindantes, ninguno de los cuales ha comparecido. Por ello, a la afirmación del Juez de que está acreditada la mayor cabida no puede oponerse, como hace la Registradora, dudas sobre la identidad de la finca, cuestión cuyo juicio depende exclusivamente del Juez, y así lo entiende el Reglamento hipotecario que estima tal objeción aplicable en exclusiva a la inscripción de excesos de cabida mediante título público, que es el que regul...

Resolución de 7 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

El Registrador, a la hora de calificar la compraventa presentada al Registro el 2 de septiembre de 2004, habrá de tener en cuenta la Resolución de la Alcaldía presentada el 18 de agosto de 2004, por lo que el titulo de compraventa calificado negativamente, para que puede acceder al Registro, habrá de contar, necesariamente, con la preceptiva licencia de parcelación o declaración de innecesariedad de la misma, tal y como resulta del artículo 78 del R.D. 1.093/97 de 4 de julio, en relación con ...

Resolución de 8 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

El Registrador, a la hora de calificar la compraventa presentada al Registro el 2 de septiembre de 2004, habrá de tener en cuenta la Resolución de la Alcaldía presentada el 18 de agosto de 2004, por lo que el título de compraventa calificado negativamente, para que puede acceder al Registro, habrá de contar, necesariamente, con la preceptiva licencia de parcelación o declaración de innecesariedad de la misma, tal y como resulta del artículo 78 del R.D. 1.093/97 de 4 de julio, en relación con ...

Registro mercantil

Resolución de 16 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de mayo de 2005)

La convocatoria en la forma prevista en los estatutos puede resultar imposible no justificaría el dar validez a una junta convocada sin respetar tales exigencias pues, el problema que en tal caso se plantearía, la imposibilidad de funcionamiento del órgano social, implica una causa legal de disolución (cfr. artículo 104.1 .c) de la LSRL) que siempre podrá solventarse por medio de una resolución judicial que directamente la declare a solicitud de cualquier interesado conforme a lo previsto en ...

Resolución 15 de abril de 2005 (B.O.E. de 3 de junio de 2005)

Presenta su recurso en el Registro Mercantil de Granada había transcurrido el plazo que el artículo 326 de la Ley Hipotecaria le concedía para recurrir y del que expresamente se le advertía en la calificación notificada.

Estudios

Las cláusulas abusivas en la contratación inmobiliaria y la validez del pacto de asunción del Impuesto sobre el incremento de valor de los Terrenos de naturaleza Urbana ("plusvalia municipal") a cargo del comprador (SAP, Murcia, Sec. 5a, de 15 de diciembre de 2004)

I. Procedimiento. II. Disposiciones estudiadas. III. Doctrina. IV. Fundamentos de derecho. V. Comentario.1. Consideración preliminar. 2. La legislación protectora de consumidores y usuarios. Ámbito subjetivo. 3. Las cláusulas abusivas en la legislación de protección del consumidor o usuario. 3.1. Concepto legal de cláusula abusiva. 3.2. Las cláusulas abusivas en las transmisiones de bienes inmuebles. 3.3. Tipos de cláusulas abusivas. 4. Las condiciones generales de la contratación. 5. ...

Práctica Jurídica

Aplicación del impuesto de sucesiones a determinados contratos sucesorios

I. Efectos de las consultas vinculantes. II. La resolución de la dirección general de tributos de 23 de marzo de 2005. III. Su aplicación a los pactos de no suceder o de renuncia. IV. El artículo 24.1 de la ley del impuesto de sucesiones. V. Conclusiones.

La responsabilidad de los administradores

I. Introducción. II. La responsabilidad subjetiva. III. Responsabilidad en el ámbito mercantil. 1. Responsabilidad por daños causados a la Sociedad, socios/accionistas o terceros. 2. La Responsabilidad por incumplimiento de determinadas obligaciones impuestas por la Ley, en concreto el contenido del artículo 262.5 LSA. 3. Otros supuestos de responsabilidad. IV. Responsabilidad en el ámbito tributario. 1. Ley General Tributaria: Responsabilidad subsidiaria de los administradores de sociedad...

Actualidad notarial

Tratados internacionales en materia sucesoria ratificados por España

I. Introducción. II. Forma de las disposiciones testamentarias. 1. Testamentos de españoles en el extranjero. 1.1. Testamento ológrafo. 1.2. Testamento mancomunado. 2. Testamentos de extranjeros en España. III. Registro de actos de ultima voluntad. Bibliografía.

Historia

Año 1901