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Year 2006
Presentación
Tribunales
Resumen de las Sentencias publicadas en el mes de enero de 2006
1.- Derecho a indemnización de los hermanos mayores de edad. 2.- Falta de agotamiento de la vía económico-administrativa previa. 3.- Demandado no personado. 4.- Reducción de indemnización no infundada. 5.- Libertad de expresión. 6- Inadmisión por acto firme y consentido. 7.- Prueba testifical "dada por reproducida ". 8.- Libertad sindical, uso de correo electrónico de la empresa. 9. ~ Sindicatos y organizaciones empresariales. 10.-Apelación sin vista. 11.- Recurso de súplica remitido por corr...
Resumen de las Sentencias publicadas en el mes de febrero de 2006
1.- Subsanabilidad del nombramiento de Abogado y Procurador. 2.- Acceso a la apelación. 3.- Juez imparcial, Presidente de la Sala empleado de la Universidad demandada. 4-. Condena en apelación sin contradicción. 5.- Vulneración del derecho a la prueba en apelación. 6 - Inadmisión razonable del recurso de casación. 7.- Reforma peyorativa. 8.- Sentencia contencioso-administrativa falta de motivación. 9.- Declaraciones de un coimputado no corroboradas. 10.- Caso Perote, sentencia previa del TEDH...
Resumen de las Sentencias publicadas en el mes de febrero de 2006
1.- Subsanabilidad del nombramiento de Abogado y Procurador. 2.- Acceso a la apelación. 3.- Juez imparcial, Presidente de la Sala empleado de la Universidad demandada. 4-. Condena en apelación sin contradicción. 5.- Vulneración del derecho a la prueba en apelación. 6 - Inadmisión razonable del recurso de casación. 7.- Reforma peyorativa. 8.- Sentencia contencioso-administrativa falta de motivación. 9.- Declaraciones de un coimputado no corroboradas. 10.- Caso Perote, sentencia previa del TEDH...
Sentencia del Tribunal Supremo, sala Civil, de 24 de febrero de 2006
La doctrina de la presente Sentencia se refiere a la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil (también haremos referencia a la nueva legislación): 1. En el ámbito civil, junto al Contador Partidor dativo y al Contador Partidor testamentario, existe una tercera figura, el Contador Partidor dirimente, que actúa en los Juicios Universales de Testamentaría y Ab-Intestato, hoy llamados Juicios Divisorios, y cuyas funciones son análogas a las otras dos modalidades de Contador Partidor. 2. En l...
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 26 de diciembre de 2005
El Juzgador ha de atenerse rigurosamente al "petitum" de la demanda, so pena de caer en incongruencia. El artículo 1.346.6 del Código Civil es tajante relativamente a la naturaleza privativa de los bienes y, por ende, deroga el principio general consagrado en el artículo 1.375 del mismo Cuerpo Legal sobre administración de los bienes gananciales.
Sentencia del Tribunal Supremo, sala 1a, de 28 de noviembre de 2005
Fijación del día inicial del cómputo del plazo que tiene el albacea contador-partidor para verificar su actuación: El plazo de un año para partir la herencia, cuando el contador-partidor ya conocía su nombramiento, comienza a los seis días a contar del conocimiento de la muerte del causante (momento en que, en defecto de excusa, se entiende aceptado el cargo), y no a partir del momento en que el contador-partidor conoce que el nombramiento es firme por no existir ningún testamento posterio...
Registro de la propiedad
Resolución de 1 de febrero de 2006 (B.O.E de 20 de febrero de 2006)
La voluntad del testador se ha de interpretar más allá de la literalidad de la expresión muerte simultánea en el sentido que, empleándola, estableció una sustitución vulgar en favor del sobrino Joan G. para el caso que no fuese efectivo el llamamiento a favor de la esposa Rosa C. y, también, que en el derecho catalán, excepto que sea clara la voluntad del testador de ordenar la sustitución vulgar exclusivamente para un caso concreto, la sustitución ordenada para un caso se extiende a todos lo...
Resolución de 13 de enero de 2006 (B.O.E. de 15 de febrero de 2006)
Recogiendo las tesis de la doctrina y la Jurisprudencia, el artículo 81 del Reglamento Hipotecario, recoge los títulos necesarios para verificar la entrega a favor del legatario, permitiendo solamente la solicitud unilateral del legatario cuando toda la herencia se hubiera distribuido en legados y no hubiera persona autorizada para realizar la entrega.
Resolución de 14 de diciembre de 2005 (B.O.E de 12 de enero de 2006)
El difícil problema de si el hecho de constar en el Registro Mercantil alguna circunstancia o acto de la sociedad representada determinante de la pérdida de eficacia de la representación, cuando el apoderado continuaba en posesión del título representativo al ejercitarlo, excluye o no la buena fe del apoderado o su contratante (incluso la diligencia exigible al notario autorizante de la escritura), modalizando o no la oponibilidad regis-tral, es materia a resolver por los Tribunales de justic...
Resolución de 14 de enero de 2006 (B.O.E. de 15 de febrero de 2006)
Imposibilidad de practicar anotación de demanda si los titulares registrales no han sido demandados.
Resolución de 14 de enero de 2006 (B.O.E de 15 de febrero de 2006)
El recurso gubernativo sólo puede interponerse contra las calificaciones negativas, lo que impide a la DGRN entrar en la cuestión planteada, relativa a la ampliación de la responsabilidad consignada en una anotación preventiva de embargo. Addenda: Algunas notas sobre anotación preventiva de embargo.
Resolución de 15 de noviembre de 2005 (B.O.E de 11 de enero de 2006)
Para que la sentencia despliegue toda su eficacia cancelatoria y afecte a titulares de asientos posteriores basta con que estos al menos hayan sido citados en el procedimiento, lo que en este caso no se ha efectuado, y que con su intervención o silencio aseguren que se cumplen todos los presupuestos de la resolución.
Resolución de 16 de enero de 2006 (B.O.E. de 17 de febrero de 2006)
Inscrita una participación indivisa de finca que da derecho al uso de determinado trastero como anexo a otra vivienda, ha de tenerse por válida tal vinculación mientras el asiento correspondiente no se anule. No es inscribible una hipoteca dado que en la descripción de la vivienda hipotecada se omite toda referencia al trastero anexo.
Resolución de 16 de febrero de 2006 (B.O.E de 20 de febrero de 2006)
Mientras el ius delationis esté vigente, no es posible aplicar la delación sucesiva que implica la sustitución vulgar, al establecer los artículos 258 y 265.3 de la Compilación (actuales artículos 29 y 38.3 del Código de Sucesiones) la preferencia implícita del ius transmissionis, tanto respecto del derecho de acrecer, como respecto de la sustitución vulgar. RESUMEN En una escritura de aceptación de herencia, la persona designada en el testamento del causante como sustituía vulgar, se a...
Resolución de 16 de noviembre de 2005 (B.O.E de 11 de enero de 2006)
La DG no admite el recurso dado que el recurrente no ha presentado los documentos que exige el párrafo primero del artículo 327 de la Ley Hipotecaria.
Resolución de 17 de enero de 2006 (B.O.E de 21 de febrero de 2006)
Para poder desvincular, en el régimen de propiedad horizontal, un anejo del elemento principal al que está ligado es necesario, si no se ha previsto esta posibilidad en los estatutos, el consentimiento unánime de la junta de propietarios. No puede considerarse suficiente, para tal desvinculación, la facultad, atribuida a cada propietario en el título constitutivo, de segregar, dividir o agrupar elementos del edificio.
Resolución de 18 de noviembre de 2005 (B.O.E. de 10 de enero de 2006)
Entre los obstáculos que surgen del Registro (artículo 20 de la Ley Hipotecaria) como aspectos sujetos a la calificación de documentos judiciales, conforme al artículo 100 del Reglamento Hipotecario, de lo que se sigue que aunque los titulares regístrales al momento de la iniciación de tal procedimiento hubieran sido citados, no se puede dejar indefensos a los titulares actuales, los cuales habrían sido advertidos oportunamente de la situación existente -y en consecuencia evitado su indefensi...
Resolución de 18 de noviembre de 2005 (B.O.E. de 11 de enero de 2006)
La calificación registral del auto aprobatorio de los expedientes de dominio para la reanudación del tracto sucesivo interrumpido se extenderá en todo caso a la verificación, en el seno de dicho procedimiento, de las notificaciones que el artículo 202 de la Ley Hipotecaria previene respecto de los titulares de inscripciones contradictorias que tengan menos de treinta años de antigüedad. No constando, en el testimonio del auto presentado, si dicho titular intervino ni la forma en que se rea...
Resolución de 29 de diciembre de 2005 (B.O.E. de 30 de enero de 2006)
La enajenación extrajudicial de un inmueble hipotecado será inscribible cuando tenga su fundamento en un pacto inscrito, ya que la validez de éste se presume mientras no recaiga la correspondiente declaración judicial en contrario (cfr. artículo 1 de la Ley Hipotecaria). Sólo los órganos judiciales pueden declarar inaplicable una ley preconstitucional cuando la consideren derogada por la Constitución, facultad que no se contempla respecto de los Registradores de la Propiedad, que no podrán...
Resolución de 29 de diciembre de 2005 (B.O.E de 30 de enero de 2006)
La unidad de recaudación de la Tesorería General de la Seguridad Social no tiene competencia para decidir si una deuda de una persona casada en régimen de gananciales es responsabilidad o no de la sociedad conyugal, así como tampoco decidir si de esa deuda pueden responder o no los bienes privativos del otro cónyuge.
Resolución de 29 de diciembre de 2005 (B.O.E. de 31 de enero de 2006)
No procede la toma de anotación de querella, ya que los bienes no están a nombre del imputado, de tal modo que, de acuerdo con el inciso segundo del apartado séptimo del artículo veinte de la Ley Hipotecaria, únicamente puede tomarse anotación preventiva de embargo preventivo o de prohibición de disponer.
Resolución de 29 de diciembre de 2005 (B.O.E de 31 de enero de 2006)
Se deniega la inscripción de un testimonio de sentencia judicial.
Resolución de 30 de diciembre de 2005 (B.O.E de 31 de enero de 2006)
Se plantea como cuestión previa la inadmisión del recurso por ser extemporáneo.
Resolución de 30 de noviembre de 2005 (B.O.E. de 11 de enero de 2006)
Supuesto de utilización de poder revocado, la DG protege al adquirente, sobre la base de presumir la buena fe de las partes.
Resolución de 30 de noviembre de 2005 (B.O.E. de 12 de enero de 2006)
Se deniega la inscripción a dos escrituras de transmisión efectuadas por el apoderado de la sociedad vendedora pues le consta al registrador que la comisión nombrada judicialmente en un convenio de suspensión de pagos y que en su día otorgó los poderes había sido ya disuelta.
Resolución de 30 de noviembre de 2005 (B.O.E. de 12 de enero de 2006)
Se deniega la inscripción a dos escrituras de transmisión efectuadas por el apoderado de la sociedad vendedora pues le consta al registrador que la comisión nombrada judicialmente en un convenio de suspensión de pagos y que en su día otorgó los poderes había sido ya disuelta.
Resolución de 30 de noviembre de 2005 (B.O.E de 12 de enero de 2006)
I. La calificación registral de los poderes representativos debe limitarse (artículo 18 LH) a lo indicado en la escritura y a los asientos del propio registro, sin que puedan tenerse en cuenta, por tanto, elementos externos (como las informaciones de que el registrador pueda disponer, los asientos del registro mercantil, u otros asientos del mismo registro, pero relativos a otras fincas). II. La posesión, por parte del compareciente, de los títulos de representación, que manifiesta vigente...
Resolución de 5 de enero de 2006 (B.O.E. de 13 de febrero de 2006)
La constitución de un conjunto inmobiliario es un acto de riguroso dominio. En consecuencia, la escritura de constitución deberá ser otorgada por el propietario único del inmueble, o por todos los titulares de los diferentes pisos y que integran aquella. RESUMEN Se presenta en el Registro la escritura en que, el Presidente de la Comunidad de Propietarios de una Urbanización, eleva a público el acuerdo adoptado por la Junta de constituirse en Complejo Inmobiliario. Calificada negativamen...
Registro mercantil
Resolución de 13 de enero de 2006 (B.O.E de 15 de febrero de 2006)
Constando en el expediente que los dos defectos en virtud de los cuales el Registrador Mercantil n.° I de Alicante resolvió no practicar el depósito de las cuentas anuales derivaban de un previo expediente sobre nombramiento de auditor a instancia de un socio minoritario que posteriormente desistió de su solicitud, siendo aceptado de plano su desistimiento, debe estimarse el recurso interpuesto, puesto que, al no existir auditor, ni puede presentarse el informe de auditoría ni cabe exigir cer...
Resolución de 16 de diciembre de 2005 (B.O.E. de 14 de enero de 2006)
Depósito de cuentas. Auditor solicitado por la minoría pendiente de recurso. Necesidad de su informe para efectuar el depósito.
Resolución de 16 de enero de 2005 (B.O.E. de 24 de febrero de 2006)
Determinar si los Registradores Mercantiles están o no limitados en su calificación, dado que la sociedad entiende que el de Pamplona le exige algo que excede de su ámbito de competencia, a saber, si la sociedad está o no obligada a verificar anualmente sus cuentas por auditor, siendo así que su calificación debe ceñirse exclusivamente a verificar la legalidad de las formas extrínsecas de los documentos presentados.
Sistema Notarial
Resolución N° 2005/0713-00, de fecha 13 de julio de 2005
La actuación cuestionada del Notario fue, desde el punto de vista formal, absolutamente correcta, puesto que la escritura refleja fielmente la situación documental y registral de la finca objeto de la escritura, ajustándose a las exigencias de la legislación notarial, alzándose, frente a las manifestaciones del recurrente, las afirmaciones rigurosamente contrarias del Notario autorizante rechazando la existencia de negligencia en su actuación.
Resolución N° 2005/0721 -00, de fecha 21 de julio de 2005
La aplicación de los especiales derechos previstos para la concentración parcelaria, procede únicamente para los supuestos expresamente previstos, es decir para el número dos del Arancel vigente.
Resolución N° 2005/0722-00, de fecha 22 de julio de 2005
No puede deducirse una conducta negligente en la Notaría con motivo de la autorización de una acta que había sido encargada por correo electrónico el día 28 de Diciembre de 2004 (en plenas fechas navideñas) y que iba a autorizarse el día 29 de Diciembre, siendo que no parece, por el objeto del acta, que hubiera verdadera urgencia en la cumplimentación de la misma, que impidiera su postergación a un momento posterior.
Resolución N° 2005/0726-00, de fecha 26 de julio de 2005
Sentado que el Notario Sr.... no debió aceptar en ningún caso el reflejo en el acta de las manifestaciones contenidas en los apartados 15 y 16 de la misma, su conducta en este caso, al aceptar a continuación su notificación al Notario depositante por correo corporativo con firma electrónica avanzada notarial (ex art. 109 de la Ley 24/2001), se hace aún más rechazable, por cuanto, al margen de las consecuencias que la actuación del re-quirente tenga en la esfera de las relaciones negociales in...
Resolución N° 2005/0727-00, de fecha 27 de julio de 2005
La petición de copia debe designar sin ambigüedad los datos de autorización de la escritura que se solicita, por lo que no procede la petición de copias de documentos autorizados durante cierto período de tiempo, ya que dicha solicitud motiva extraordinaria dificultad, que supone en la práctica, en no pocas ocasiones, la imposibilidad material de llevarla a cabo.
Resolución N° 2005/0803-00, de fecha 3 de agosto de 2005
Y a pesar de que en el escrito menciona su necesidad de conocer todos los actos y el funcionamiento de la sociedad-, esa información no va a obtenerla en sí con la copia pretendida, pero sí que con ella se vería legitimada a ejercer las facultades que se contienen en la escritura de poder, con el consiguiente riesgo para la sociedad, pues el fundamento racional y lógico de la prohibición reglamentaria- ex art. 227 del Reglamento Notarial.
Resolución N° 2005/0804-02, de fecha 4 de agosto de 2005
Tras la reforma operada en el Código Civil por la ley de 13 de mayo de 1.981, la legislación vigente (art. 944 del Código Civil) antepone en el llamamiento legal al cónyuge viudo antes que los parientes colaterales, por lo que aún siendo nulo o no existiendo el testamento, la totalidad de la herencia recaería por llamamiento legal en el cónyuge supérstite, lo que excluye al pariente colateral de todo interés en la obtención de copia del testamento de su hermano difunto.
Resolución N° 2005/0916-00, de fecha 16 de septiembre de 2005
La nota debe estar suficientemente motivada, con sucinta relación de hechos y fundamentos de derechos, de forma paralela a lo que ocurre en otros ámbitos de la administración (artículo 54 de la ley 30/1992). Ello tiene su fundamento en el derecho a la legítima defensa del ciudadano, pues sólo sabiendo los motivos jurídicos que fundamentan la decisión negativa del Registrador, puede ejercitar su derecho adecuadamente.
Resolución N° 2005/0927-00, de fecha 27 de septiembre de 2005
Se plantea en este recurso, básicamente, si es posible subsanar el Notario autorizante por sí solo, por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 153 del Reglamento Notarial (diligencia o acta), en una escritura de aceptación de herencia y entrega de legados, la omisión de un bien legado, consistente en la nuda propiedad de un negocio de camping, que aparece explícitamente citado en el testamento base de la escritura de herencia, y en la adjudicación que se hace a la viuda en ...
Resolución N° 2005/0930-00, de fecha 30 de septiembre de 2005
El notario con los elementos de juicio que tiene, y que pueden ser muy variados, es el que debe decidir bajo su responsabilidad, si a su juicio tiene el testador la capacidad legal para testar. Ese juicio de capacidad plasmado en el testamento, o en general en cualquier instrumento público, refuerza el valor del instrumento público dada la enérgica y vigorosa presunción iuris tantum que resulta de tal juicio del notario reflejado en el documento.
Resolución N° 2005/1013-00, de fecha 13 de octubre de 2005
En el presente caso, y del escrito recibido por el Instructor designado para la tramitación del expediente disciplinario, se deduce que no han formulado el pliego de cargos en el plazo reglamentariamente previsto, ni solicitado dentro del mismo la correspondiente prórroga, por lo que debe considerase caducado el procedimiento.
Resolución N° 2005/1014-00, de fecha 14 de octubre de 2005
En consecuencia, sólo procede la apertura de un expediente disciplinario, en tanto concurran los requisitos expresados, lo cual no acontece en el presente caso.
Resolución N° 2005/1017-00, de fecha 17 de octubre de 2005
De acuerdo con lo antes expuesto, el Instructor acaba su propuesta de resolución entendiendo que no podía imputarse al Notario expedientado Don ..., falta disciplinario alguna por los hechos que están en el origen de apertura del expediente disciplinario, proponiendo en consecuencia su archivo.
Resolución N° 2005/1020-00, de fecha 20 de octubre de 2005
En el presente caso, la naturaleza del Acta y las pretensiones de la rogación exceden de la finalidad de la apreciación de simples hechos exentos de toda valoración, y por tanto, el requerimiento cae fuera de los límites de la competencia notarial.
Resolución N° 2005/1021-00, de fecha 21 de octubre de 2005
Del conjunto de actuaciones llevadas a cabo por Instructor y Secretario en el marco de la Información Reservada, y en particular de la prueba testifical practicada, no se ha puesto de manifiesto en la actuación profesional de la Notario de ... doña..., en el ámbito formal de la autorización cuestionada, al que estaba circunscrita la información reservada, indicio de conducta tipificada como infracción conforme a la legislación notarial, merecedora de sanción disciplinaria, siendo doctrina rei...
Resolución N° 2005/1024-00, de fecha 24 de octubre de 2005
Resolución N° 2005/1025-00, de fecha 25 de octubre de 2005
Como consecuencia de la fusión y sucesión a título universal, los Colegios Notariales, integrados por Notarios y Corredores (hoy también Notarios), suceden en los derechos y obligaciones de los antiguos Colegios Notariales y Consejos Generales.
Resolución N° 2005/1026-00, de fecha 26 de octubre de 2005
Respecto de la solicitud de dar parte de los hechos denunciados al Ministerio Fiscal, habiendo sido localizados los documentos aportados y habiéndose autorizado la escritura, no parecen existir indicios razonables de criminalidad que justifiquen dicha remisión.
Resolución N° 2005/1027-00, de fecha 27 de octubre de 2005
Ha sido resuelta por el Ilustre Colegio Notarial de Valencia con fecha 1 de marzo de 2005, con anterioridad incluso a la recepción por esta Dirección General del resultado de la información reservada que ordenó instruir.
Resolución N° 2005/1103-00, de fecha 3 de noviembre de 2005
Pago al oficial de la Notaría por dos conductos: mediante nómina y mediante retribución variable a través de una sociedad de dicho empleado, "J..............c, S.L.", que factura al Notario por servicios prestados. De los hechos probados se deduce que el Notario no ha podido dar cumplimiento fiel a la obligación de lectura: no ha existido tiempo material para leer.
Resolución N° 2005/1105-00, de fecha 11 de noviembre de 2005
El Notario ha manifestado en su informe su juicio favorable al derecho de los solicitantes para obtener copia y su disposición a librarla y entregarla por lo que, más que ante una verdadera negativa del Notario a la expedición de copia, nos encontramos ante un caso de falta de formal acreditación de la identidad de los solicitantes.
Resolución N° 2005/1105-00, de fecha 5 de noviembre de 2005
La concentración parcelaria, procede únicamente para los supuestos expresamente previstos, es decir para el número dos del Arancel vigente.
Resolución N° 2005/1117-00, de fecha 17 de noviembre de 2005
La constitución del régimen de propiedad horizontal, por una parte, y la disolución del condominio ordinario preexistente, por otra, tienen autonomía suficiente para justificar su consideración como conceptos arancelarios independientes
Resolución N° 2005/1124-00, de fecha 24 de noviembre de 2005
Entre otorgante e invitado, sólo el otorgante o quien tenga la expresa autorización de éste, puede solicitar la expedición de copias, y si desde que el Notario indicó a la reclamante que carecía del derecho a obtener copia hasta esta fecha, no ha comparecido aún el otorgante a solicitar su expedición, cabe presumir su voluntad contraria a ello frente a lo cual, debe primar el principio de secreto del protocolo que impide al Notario acceder a la petición.
Resolución N° 2005/1128-00, de fecha 28 de noviembre de 2005
Es al Notario, funcionario público a cuyo cargo se halla el protocolo, a quien compete bajo su fe y su responsabilidad, comprobar tal circunstancia, pues en caso contrario, el secreto del protocolo perdería su virtualidad; ahora bien, tal y como observa el informe de la Junta Directiva, la denegación de copia debe hacerse constar por escrito, con expresión de hechos y fundamentos de derecho y dentro de un plazo prudencial, no bastando con simples manifestaciones de empleados por teléfono.
Resolución N° 2005/1129-00, de fecha 29 de noviembre de 2005
En el presente caso, sin embargo, ni se ha alegado ni acreditado, ni es posible apreciar, circunstancia alguna que justifique la extensión del derecho a la obtención de copia del poder por el apoderado no facultado expresamente para ello.
Estudios
I. Introducción. - II. Las reformas del código civil. - 1. La protocolización del testamento ológrafo. - 2. La protocolización del testamento cerrado. - 3. Los testamentos cerrado y ológrafo otorgados en país extranjero. - 4. La forma de ejercicio del beneficio de inventario y del derecho de deliberar. - 5. La formación del inventario en la herencia beneficiada o con derecho de deliberar. - III. Conclusiones.
El tráfico inmobiliario y la función notarial
Práctica Jurídica
Consultas, doctrina administrativa y Jurisprudencia Fiscal 1/2006
I. Impuesto sobre el valor añadido - 1. Las operaciones de cesión de remate con sobreprecio están exentas de IVA, por encuadrarse dentro de la actividad crediticia. T.S. S, 05-07-2005. - 2. Resolución de contrato de arrendamiento de local de negocio. T.S. S, 01-07-2005 - 3. Tributación de la transmisión de un comunero de su cuota; Adquisión de la calificación de empresario al comunero que adquiere la totalidad de las cuotas de la C de B. Comunicación mediante la correspondiente declaración ce...
I. Competencia. - 1. Competencia funcional. - 2. Competencia objetiva. -3. Competencia territorial. - 4. Prueba y competencia. - II. Procedimiento. - III. Ley aplicable. - 1. La ley aplicable es la "nacional" del causante. - 2. La ley aplicable es la nacional del causante en el momento de su fallecimiento. - 3. Dicha ley es aplicable cualquiera que sea la naturaleza de los bienes y el país donde se encuentren. - 4. Orden público. -IV Conclusiones.
Actualidad jurídica
Libro verde sulle successioni e testamenti
Libro verde sulle successioni e testamenti


