La Notaría (desde 1995)

from January 1995
Last Number: November 2008

Col·legi de Notaris de Catalunya
ISSN 0210-427X

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Year 2000

Nbr. 5/2000, May 2000

Revista de revistas

Condiciones generales, cláusulas abusivas y otras nociones que conviene distinguir

Reseña legislativa

Disposiciones Legales publicadas en el B.O.E.(Por su fecha de publicación)

Legislació autonòmica

Tribunales

Auto N.° 15

Auto N.° 16

Sentencia de Tribunal Supremo (Sala 4a), de 6 de marzo de 2000

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1a), de 11 de mayo de 2000

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 3a), de 15 de febrero de 2000

Sentencia Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Sexta)

Sentencia 8/2000, de 27 d'abril, del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya: compensació económica per rao de treball

Registro de la propiedad

Resolución de 1 de abril de 2000 (B.O.E. de 15 de mayo de 2000)

El mandamiento de cancelación de cargas, resultante de un procedimiento administrativo de apremio fiscal, es título suficiente para cancelar la inscripción de quiebra del ejecutado, posterior a la anotación de embargo recaída en aquel procedimiento, aunque la fecha de retroacción de la quiebra sea anterior a dicha anotación.

Resolución de 10 de abril de 2000 (B.O.E. de 16 de mayo de 2000)

Aunque sea el mismo Registrador quien vuelva a calificar un documento, si impone nuevos defectos, no por ello incurre en nulidad la nota.

Resolución de 11 de abril de 2000 (B.O.E. de 15 de mayo de 2000)

Una vez otorgada una escritura de cancelación de hipoteca, aunque recoja un acto unilateral, dicha cancelación surte efectos a favor de terceros, por lo que su desvirtuación precisará bien el consentimiento del favorecido, bien la oportuna resolución judicial.

Resolución de 12 de abril de 2000 (B.O.E. de 15 de mayo de 2000)

Es inscribible un auto ex art. 131 L.H. en el que, ante la falta de constancia para el Juez de la existencia de acreedores posteriores, el sobrante o exceso del precio de remate respecto de la suma reclamada queda directamente a disposición del deudor demandado.

Resolución de 13 de abril de 2000 (B.O.E. de 15 de mayo de 2000)

Es inscribible directamente en el Registro de la Propiedad el testimonio judicial del auto aprobatorio de la partición acordada voluntariamente por los herederos durante el juicio voluntario de testamentaría, pese a lo dispuesto en el artículo 1.081 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Resolución de 15 de abril de 2000 (B.O.E. de 16 de mayo de 2000)

El límite de cinco años a la cobertura de intereses del artículo 114 L.H. se aplica tanto a los intereses ordinarios como a los de demora. Ahora bien, para determinar si la cobertura de los intereses excede de tal límite la cifra de intereses ordinarios no se acumula a los de demora, sino que ambos se computan separadamente. Por ello cabe garantizar cinco años de intereses ordinarios y además cinco años de intereses de demora.

Resolución de 3 de abril de 2000 (B.O.E. de 15 de mayo de 2000)

Hipoteca mobiliaria sobre marca comercial: es inscribible el pacto por el que se prevé el vencimiento anticipado del préstamo hipotecario en caso de que se produzca una pérdida del valor de la marca; tal disminución de valor se acredita de modo suficiente con referencia al importe de las ventas de la misma o a su cuota de participación en el mercado.

Resolución de 4 de abril de 2000 (B.O.E. de 15 de mayo de 2000)

Pese a la amplia interpretación dada al artículo 42-1° L.H., dicho precepto no puede amparar la anotación preventiva de demandas que, caso de prosperar, no producirían ninguna alteración registral.

Resolución de 5 de abril de 2000 (B.O.E. de 16 de mayo de 2000)

La escritura pública de subrogación de préstamo hipotecario autorizada en base a la ley 2/1994, de 30 de marzo, ha de expresar la concreta cantidad que la entidad subrogada presta al deudor para satisfacer el préstamo originario.

Resolución de 6 de abril de 2000 (B.O.E. de 16 de mayo de 2000)

Tratándose de la inscripción de una sentencia declarativa de dominio: - No es defecto que la finca, cuya inscripción se pretende, aparezca dividida horizontalmente en el Registro, ya que no existe duda sobre su identidad. - Es defecto el hecho de que las fincas figuren inscritas en favor de personas que no han sido parte en el procedimiento y que, además, no han podido tener conocimiento del mismo, ante la falta de anotación preventiva de la demanda.

Resolución de 7 de abril de 2000 (B.O.E. de 16 de mayo de 2000)

Es posible constituir una servidumbre siempre que ésta no agote la totalidad de las facultades del dominio del predio sirviente, y ello aunque las facultades objeto de servidumbre sean muy amplias (destinar la zona afectada del predio sirviente a paso, plantación, piscina, aparcamiento, aunque expresamente se excluye la edificación), máxime considerando el carácter temporal de la servidumbre pactada.

Resolución de 8 de abril de 2000 (B.O.E. de 16 de mayo de 2000)

En materia de excesos de cabida hay que considerar: - La inscripción del exceso propiamente dicho, por constar, de modo indubitado, que la nueva superficie es la que debió reflejarse en su día por ser la contenida en los linderos originariamente registrados. - Los supuestos, que no son de exceso de cabida, en que se pretende englobar, junto a la superficie a la finca registral originaria, una superficie colindante, supuestos en que lo procedente sería la previa inmatriculación de esa su...

Registro mercantil

Resolución de 29 de marzo de 2000 (B.O.E. de 16 de mayo de 2000)

Una reducción del capital social por condonación de dividendos pasivos, necesaria para la plena efectividad de un acuerdo simultáneo de transformación de SA en SRL, ha de someterse al régimen jurídico de la forma social de origen, y no al de la nueva.

Sistema Notarial

Resolución de 30 de noviembre de 1999

Estudios

El coste de la doble calificación -notarial y registral- de la representación

I.- La doble calificación de la representación en la actualidad -II. La función calificadora de los poderes por los registradores según la doctrina tradicional.-III. El coste de la doble calificación. costes directos. costes inducidos.-IV. Los beneficios de la doble calificación -V. La oportunidad y posibilidad de una reforma.

Ilegalidad del Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación

I. Sobre el alcance de la habitación legal. - II. Sobre la naturaleza del RCGC. - III. Sobre la dimensión necesaria del rcgc en su función exclusiva de tutela de los consumidores.

Práctica Jurídica

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el nuevo «Registro de Bienes Muebles»

I- Advertencia previa. II.- La situación anterior al «registro de bienes muebles». III.- La situación a partir de la creación del «registro de bienes muebles».

El Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación, o también ¿sólo los terroristas están fuera de la Constitución?

Problemas prácticos que plantean la prescripción y la redención de censos y alodios en el Derecho foral mallorquín