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Year 2001
Revista de revistas
Reseña legislativa
Tribunales
Resumen de las Sentencias publicadas en los meses de julio y agosto de 2001
1. - Impago de cuotas colegiales, incompetencia de la jurisdicción civil. 2. - Libertad sindical y negociación colectiva, secciones sindicales distintas. 3. - Caso Filesa, revisión constitucional de las sentencias penales condenatorias. 4. - Caso Filesa, revisión de la sentencia condenando a D. Carlos Navarro. 5. - Caso Filesa, revisión constitucional de la sentencia condenando a D. José Ma Sala. 6. Libertad religiosa, cotización laboral de una supuesta ministra del culto. 7. Ius ut procedatu...
Registro de la propiedad
Resolución de 10 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Rechaza de nuevo la garantía que la propia DG denomina «hipoteca flotante», la cual se conceptúa como aquella en la que, si bien se fija un máximo de responsabilidad, se encomienda al Banco acreedor el determinar qué créditos quedan cubiertos por tal límite de responsabilidad. Además tales créditos, en el presente caso, no sólo podrían ser los existentes en el momento constitutivo sino también los futuros (lo que acentúa la inde-teminación de la obligación finalmente garantizada con la hipote...
Resolución de 11 de junio de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
Habiendo sido así solicitada por el recurrente, ninguna dificultad existe para inscribir parcialmente la hipoteca en cuanto al principal y a las costas, suspendiéndola en cuanto a los intereses ordinarios y moratorios; sobre ser conveniente obtener ya la garantía de aquéllos, ninguna razón hay para que el rechazo de la garantía respecto de la obligación accesoria -que puede no haberse pretendido- implique también el de la cobertura de la obligación principal, obligación cuya existencia no que...
Resolución de 12 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Es posible rectificar el contenido de unos asientos registrales en virtud de resolución judicial que así lo ordena por haber constatado la existencia de un error de concepto que resulta claramente de un asiento anterior, aunque en el procedimiento judicial en cuestión no hayan sido parte los titulares registrales actuales.
Resolución de 12 de junio de 2001 (B.O.E.de 13 de julio de 2001)
Resolución de 14 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
No es posible el embargo del derecho de traspaso de un local arrendado en virtud de un contrato posterior al RD-Ley de 30 de abril de 1985 y anterior a la LAU de 24 de noviembre de 1994 pactado por un plazo de un año, prorrogable tácitamente por períodos anuales y con una cláusula de exclusión expresa de la cesión o traspaso sin consentimiento del arrendador, porque a tal arrendamiento es aplicable la disposición transitoria 1 .a, 2 de la LAU, según la cual los arrendamientos de locales conce...
Resolución de 16 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
La calificación registral de los requisitos de los contratos inscribibles conforme a la Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles no comprende exigencias dudosas no derivadas claramente del cuerpo normativo.
Resolución de 17 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
El procedimiento especial de subrogación de entidad acreedora previsto en la Ley 2/94 de subrogación y modificación de préstamos hipotecarios es aplicable a aquellas operaciones de crédito hipotecario en las cuales, cuando se cumplen ciertas condiciones o vence un cierto plazo, la disponibilidad cesa y sólo queda la obligación unilateral de restituir la cantidad hasta entonces dispuesta mediante una serie de pagos periódicos comprensivos de amortización e intereses, como en un préstamo ordina...
Resolución de 18 de junio de 2001 (B.O.E. de 24 de julio de 2001)
El procedimiento especial de subrogación de entidad acreedora previsto en la Ley 2/94 de subrogación y modificación de préstamos hipotecarios es aplicable a aquellas operaciones de crédito hipotecario en las cuales, cuando se cumplen ciertas condiciones o vence un cierto plazo, la disponibilidad cesa y sólo queda la obligación unilateral de restituir la cantidad hasta entonces dispuesta mediante una serie de pagos periódicos comprensivos de amortización e intereses, como en un préstamo ordina...
Resolución de 19 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
En un contrato de préstamo puede convenirse el devengo y pago de intereses por todo el plazo por anticipado y descontarlo de la cifra inicial que al prestamista entrega al prestatario.
Resolución de 19 de junio de 2001 (B.O.E. de 24 de julio de 2001)
El primero de los defectos es consecuencia de la antigüedad del historial registral de la finca -que comienza el 7 de junio de 1871 - y de la legislación entonces vigente que permitía la inmatriculación de partes o habitaciones de una casa aunque no comprendieran la totalidad de las mismas.
Resolución de 2 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
No tiene encaje en el art. 42.1 LH la pretensión de anotar una demanda interpuesta contra ambos cónyuges para que se declare que la determinada fianza prestada por el marido vigente la sociedad de gananciales, han de responder los adjudicados a la esposa y sus privativos, pese a estar inscrita ya la liquidación de gananciales.
Resolución de 20 de junio de 2001 (B.O.E. de 24 de julio de 2001)
En el recurso gubernativo interpuesto por el letrado don Felipe Ronda Zuloaga, en nombre de don Luis y don Miguel Figueroa Griffith, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad interina de Madrid, n.° 14, doña María Belén Andújar Arias, a practicar una anotación prevetiva de prohibición de disponer, en virtud de apelación de dicha señora Registradora.
Resolución de 21 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
En nuestro Derecho son válidos y eficaces cualesquiera desplazamientos patrimoniales entre cónyuges -por ende entre sus patrimonios privativos y consorciales- siempre que aquéllos se produzcan por cualquiera de los medios legítimos previstos al efecto, entre los cuales no puede desconocerse el negocio de aportación de derechos concretos a una comunidad de bienes no personalizada jurídicamente, o de comunicación de bienes como categoría autónoma con sus propios elementos y características, reg...
Resolución de 21 de junio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Por la novación de las obligaciones preexistentes se constituye una hipoteca en garantía de una sola obligación. Hay conflicto de intereses entre quien concurre en su nombre, como deudor e hipotecante de una finca suya, y en el de otra sociedad también deudora e hipotecante de otra finca para la misma hipoteca.
Resolución de 22 de junio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Ninguna dificultad existe para inscribir parcialmente la hipoteca en cuanto al principal y a las costas, suspendiéndola en cuanto a los intereses ordinarios y moratorios; sobre ser conveniente obtener ya la garantía de aquellos, ninguna razón hay para que el rechazo de la garantía respecto de la obligación accesoria -que puede no haberse pretendido- implique también el de la cobertura de la obligación principal, obligación cuya existencia no queda afectada por los vicios de aquélla (cfr. artí...
Resolución de 23 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Los reglamentos de régimen interior de un edificio en régimen de propiedad horizontal no son inscribibles en el Registro de la Propiedad y, en caso de serlo, por tener naturaleza estatutaria, deberían haber sido aprobados por unanimidad.
Resolución de 23 de junio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
En relación a un conjunto urbanístico en propiedad horizontal: 1. Para transformar un elemento privativo en elemento común hace falta la modificación del título constitutivo (entre cuyos requisitos se incluye el acuerdo unánime de los titulares de la comunidad en propiedad horizontal, de conformidad al art. 17.1 LPH). 2. El consentimiento preciso para que un local privativo de carácter ganancial se transforme en común es un acto dispositivo que también precisa el consentimiento de los...
Resolución de 24 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
La infracción de los requisitos establecidos por la legislación sobre inversiones extranjeras no está sancionada con algún tipo de ineficacia del acto y, por tanto, no supone un obstáculo para el acceso al Registro de la Propiedad. Determinadas limitaciones derivadas de la Ley 4/1992, de 5 de junio, de la Generalidad Valenciana sobre suelo no ur-banizable no son aplicables a una declaración de obra nueva terminada con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley.
Resolución de 25 de julio de 2001 (B.O.E de 21 de agosto de 2001)
La enajenación realizada en procedimiento judicial sumario de ejecución hipotecaria no se inicia por la no expresión en el auto de adjudicación de las cantidades reclamadas por los distintos conceptos, fijando una sola única.
Resolución de 27 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
- Reitera la doctrina anterior. - El expediente de dominio para reanudar el tracto es un medio excepcional para lograr la inscripción de una finca ya inmatriculada y, por tanto, de aplicación restrictiva. - El expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo no procede cuando el promotor es heredero del titular registral, porque falta la interrupción del tracto.
Resolución de 27 de junio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
No cabe anotar la demanda sobre una finca que figura inscrita a nombre de los mismos demandados.
Resolución de 28 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
1. La caducidad de las anotaciones preventivas opera ipso iure una vez agotado el plazo de cuatro años, aunque no hayan sido canceladas, si no han sido prorrogadas previamente (artículo 86 de la Ley Hipotecaria). 2. Los asientos posteriores mejoran su rango y no podrán ya ser cancelados en virtud del mandamiento prevenido en los artículos 1.518 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 175.2 del Reglamento Hipotecario, si se presentó una vez operada la caducidad.
Resolución de 29 de mayo de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
Ninguna dificultad existe para inscribir parcialmente la hipoteca en cuanto al principal y a las costas, suspendiéndola en cuanto a los intereses ordinarios y moratorios; sobre ser conveniente obtener ya la garantía de aquéllos, ninguna razón hay para que el rechazo de la garantía respecto de la obligación accesoria -que puede no haberse pretendido- implique también el de la cobertura de la obligación principal, obligación cuya existencia no queda afectada por los vicios de aquélla (cfr. artí...
Resolución de 3 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Si respecto de una inscripción de dominio que ya no está vigente, por haber sido transmitida e inscrita la finca a favor de un tercero, puede hacerse constar la sentencia de nulidad del título que motivó aquel asiento, y a este respecto, si bien la idea de una información registral más precisa pudiera llevar a la solución positiva, no puede desconocerse que, siendo el Registro una institución de protección del tráfico y, por tanto, una institución a favor de terceros, sólo tiene sentido la in...
Resolución de 30 de junio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Resolución de 31 de mayo de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
Es doctrina reiterada de este Centro Directivo que el número 1.° del artículo 42 de la LH debe ser interpretado en forma amplia, de manera que han de entenderse incluidas en él no sólo las demandas en que se ejercite una acción real, sino también aquellas otras mediante las que se persigue la efectividad de un derecho personal cuyo desenvolvimiento lleve aparejada una mutación jurídico-real inmobiliaria (cfr. Resolución de 24 de junio de 1991), quedando excluidas, en todo caso, las demandas e...
Resolución de 4 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Resolución de 4 de junio de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
Habrán de cancelarse a instancia de parte, sin que pueda alegarse la salvaguardia judicial de los asientos registrales que, como el propio artículo 1, párrafo 3.° de la Ley Hipotecaria señala, se extiende a los asientos «en cuanto se refieren a los derechos inscribibles» y de ahí, que el artículo 98 de la Ley Hipotecaria posibilite su cancelación, por mera solicitud, aquellas constataciones tabulares «que no tengan la consideración de gravámenes a los efectos de la Ley Hipotecaria». Se garant...
Resolución de 5 de junio de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
Al no pretenderse el carácter real del uso exclusivo ni su constatación registral, la eficacia del mismo se limita a la que deba tener en la órbita obligacional, sin que se impida la inscripción de la compraventa de parte de la indivisa de la finca.
Resolución de 7 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Debe constar en el expediente de dominio la forma en que se han hecho las notificaciones al titular registral -asiento de menos de treinta años de antigüedad- pues es extremo sujeto a calificación.
Resolución de 7 de junio de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
- El consentimiento del hipotecante no deudor es necesario para inscribir en el Registro de la Propiedad una escritura de novación modificativa del préstamo garantizado, otorgada sólo por el acreedor y deudores, en la que se sustituyen los originarios índices de referencia. - La falta de consentimiento del hipotecante no deudor es un defecto subsanable.
Resolución de 8 de junio de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
El artículo 117 del Reglamento Hipotecario impone que deben desecharse en el recurso gubernativo todas las cuestiones basadas en documentos no tenidos en cuenta por el Registrador a la hora de calificar, como son en el presente caso los autos del procedimiento penal entablado.
Resolución de 9 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
Es posible que en una escritura de préstamo con garantía hipotecaria distribuida entre varias fincas pertenecientes al mismo propietario se señale cada una de las fincas hipotecadas como domicilio del deudor a efectos ejecutivos.
Resolución de 9 de junio de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
El Registrador no tiene competencia para apreciar la veracidad de las declaraciones que hacen las partes sobre los hechos de los que se deriva la existencia de la deuda que se satisface en virtud de una dación en pago.
Registro mercantil
Resolución de 23 de julio de 2001 (B.O.E. de 29 de agosto de 2001)
Una S A en liquidación no puede llevar a cabo una reducción del capital social que tenga por finalidad la devolución de aportaciones a los socios, ya que durante dicha fase se refuerza la tutela de los acreedores en comparación con la ofrecida por el típico derecho de oposición.
Resolución de 25 de mayo de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
Una sociedad constituida en pesetas durante el período transitorio puede ajustar los valores nominales de sus acciones al céntimo más próximo mediante reducir su capital en la cuantía necesaria y dotar la correspondiente reserva indisponible, sin que sea necesaria la publicación de anuncios y sin derecho de oposición de los acreedores.
Resolución de 26 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
a) La norma legal no exige que las hojas presentadas a legalización antes de su utilización ya formen un volumen encuadernado, sino que pueden ser las hojas llamadas en su día a integrarlo -las hojas móviles del precepto reglamentario- las que se presenten a tal fin. b) No es exigible la identificación de la sociedad en todas las hojas del que una vez utilizado pasará a ser un libro encuadernado de actas.
Resolución de 29 de mayo de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
Para inscribir la extinción de una sociedad no es exigible la previa inscripción de las escrituras de modificación del capital social necesarias para hacer coincidir el capital que figura en el Registro con el que consta en el balance final.
Resolución de 3 de julio de 2001 (B.O.E. de 8 de agosto de 2001)
Habiéndose nombrado auditor a instancia de la minoría, es necesario que a las cuentas se acompañe un informe de auditoría que dé satisfacción a ese derecho, es decir, un informe de una auditoría realizada (en el caso, se pretextó por la sociedad que dicho informe quedó sin realizar, no por prácticas obstructivas de la sociedad, sino por discrepancias con el auditor sobre sus honorarios).
Resolución de 30 de mayo de 2001 (B.O.E. de 13 de julio de 2001)
La mera indicación estatutaria de que los administradores serán retribuidos con «una cantidad anual que será fijada para cada ejercicio por acuerdo de la junta general», no supone determinación bastante del sistema de retribución, dado que esta forma de manifestarse no excluye la posibilidad de que en cada ejercicio la junta acuerde que tal cantidad se determine por sistemas de año en año diferentes.
Resolución de 4 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
La calificación de los documentos administrativos no se extiende a la validez del contenido, a la legalidad intrínseca del acto inscribible, y ello como consecuencia necesaria de la presunción de validez y ejecutividad de que legalmente gozan los actos administrativos (en el caso, el Registrador pretendió cuestionar la legalidad de un acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, por el que se le ordenaba cancelar la inscripción de determinada entidad).
Resolución de 4 de julio de 2001 (B.O.E de 8 de agosto de 2001)
a) Si el Registro Mercantil está cerrado por falta de depósito de las cuentas anuales de un ejercicio, el Registrador no puede entrar en el examen de los documentos que la sociedad presenta para lograr el depósito de las cuentas anuales de ejercicios posteriores. b) El mecanismo del art. 378.5 RRM sólo evita provisionalmente el cierre del Registro, pero no supone el levantamiento definitivo de la sanción, que sólo será posible con el depósito de las cuentas pendientes.
Resolución de 5 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
a) Sin negar de forma absoluta la posibilidad de que el Registrador aprecie la insuficiencia del medio empleado en orden a la difusión de la convocatoria de una junta general, no puede aceptarse que sea un juicio puramente subjetivo, su opinión sobre el particular, la que determine a efectos de inscripción registral el rechazo de las publicaciones realizadas en diarios de difusión nacional; habrán de ser los Tribunales quienes, de impugnarse por tal motivo el acto a inscribir, y a la vista de...
Resolución de 6 de julio de 2001 (B.O.E. de 21 de agosto de 2001)
El hecho de que se exprese un desglose más detallado de las partidas del balance incorporado a la escritura frente al más simplificado que ha sido objeto de publicación, pero con fiel correspondencia entre ambos en lo esencial, no desvirtúa la eficacia de la aprobación y publicación del balance, ni menoscaba la garantía que dicha publicación comporta para los socios, máxime si el acuerdo de estos fue unánime.
Resolución de 8 de junio de 2001 (B.O.E de 4 de julio de 2001)
a) La notificación de la calificación se hace en la misma oficina del Registro y no existe obligación por parte de los Registradores de notificar en su domicilio a los interesados la situación de una presentación, sin que pueda alegarse indefensión cuando es el interesado (y en su representación el presentante) el que tenía que haber estado al tanto de las determinaciones del Registrador. b) Ha de rechazarse el depósito de las cuentas cuando en la convocatoria de la junta no se respetó el ...
Sistema Notarial
Resolución de 10 de mayo de 2001
Sin perjuicio de recomendar la completa y atenta lectura de esta Resolución, cabría destacar los siguientes extremos referidos a la problemática que principalmente aborda (las «Actas Notariales de Junta» reguladas en los arts. 101 y ss. del RRM): 1. Es absolutamente improcedente la actuación de un Notario requerido para levantar Acta Notaría de Junta General de determinada sociedad que, unilateralmente, convierte el Acta de la Junta (la regulada como tal en los arts. 101 y siguientes del ...
Sistema notarial. Resolución de 9 de abril de 2001
1. La primera cuestión que se aborda es la pretensión, que formula la recurrente, relativa a la autorización de una Escritura de elevación a público de documento privado de compraventa, a otorgar unilateralmente por la parte compradora. Para el Centro Directivo -acertadamente-, al tratarse de un documento recognoscitivo propiamente confesorio, tiene que otorgarse por las mismas personas que otorgaron el documento principal, o por sus herederos. 2. La segunda pretensión de la recurrente er...
Estudios
I. El problema de la renuncia anticipada de los derechos legitimarios en la tradición jurídica europea. - 1. El Derecho romano y la tradición romanística. - 2. El Derecho canónico. - 3. Los Derechos locales. - II. Los derechos vigentes. - 1. El modelo revolucionario francés. -1.1. El Code civil francés. - 1.2. El Código civil español. - 2. El apego a la tradición. - 2.1. Una tradición de los Derechos locales: el Erbverzicht alemán. - 2.2. Una tradición del Derecho común: el Codi de Succession...
Valoraciones urbanísticas según la Ley 6/98, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones. Relación con el valor de mercado y el valor catastral. Aplicación a supuestos expropiatarios
Práctica Jurídica
La actuación notarial ante la nueva normativa sobre inversiones extranjera o exteriores
I. Breve introducción al concepto de «Inversión extranjera o exterior. - II. El RD 664/99, de 23 de Abril, y la OM de 28 de Mayo de 2001. - 1. Su ámbito de aplicación. - 2. El control administrativo de la inversión exterior y la intervención notarial. - 2.1. Lugar de presentación de las declaraciones. - 2.2. Declaración de la inversión. - 2.3. Declaración de la liquidación de la inversión.
Las condiciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
I. Regulación general. - II. La condición suspensiva. - III. La condición resolutoria. - 1. Efecto general. - 2. Devolución del Impuesto. - V. Extinción de las condiciones.


