Ley 473

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición473
Publication DateJune 04, 1969

LEY Nº 473

LUIS ADOLFO SILES SALINAS

Presidente del H. Congreso Nacional

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Creáse el Cantón Chama en la Provincia Ingavi del Departamento de La Paz, el mismo que limitará al Norte con el cantón Tambillo, al Sur con el cantón Caquiaviri, al Este con la jurisdicción de Viacha y al Oeste con el cantón Jesús de Machaca.

ARTICULO 2º.- El Instituto Geográfico Militar practicará la delimitación respectiva de ley.

Comuníquese al PoderEjecutivo para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 28 de noviembre de 1968.

(Fdo.) Manfredo Kempff Mercado, Presidente de la H. Cámara de Senadores; FranzOndarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Mario Olaguivel Casson, Senador Secretario; Mario Cossio Cejas, Diputado Secretario, Luis Ballivián Ch., Diputado...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT