Ley 552

GobiernoAdministrativa - Presupuestaria
Número de Edición552
Publication DateMay 24, 1983

LEY DE 17 DE MAYO DE 1983 552

DR. HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

ELCONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO

Concédese pensión vitalicia de $b. 20.000.-(VEINTE MIL PESOS BOLIVIANOS) mensualesen favor del ciudadano Don Fausto Aoíz Vilaseca.

ARTICULO SEGUNDO

La nueva obligación se imputará al Presupuesto Nacional, en la partida 700; transferencia, 710; al Servicio Privado; y 711; pensiones, donaciones y premios.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 3 de mayo de 1983.

FDO. Julio Garret Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Gustavo Aguirre Perez, Luis Pelaez Rioja, Amalia Decker Marquez, Pablo Steimbach Moreno.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad...

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