Ley 489

GobiernoAdministrativa - Organización Institucional
Número de Edición489
Publication DateAugust 04, 1969

LEY Nº 489

MANFREDO KEMPFF MERCADO

Presidente del H. Congreso Nacional

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1º.- Créase el Comité Pro Cuarto Centenario de la Fundación de Tarija con autonomía administrativa y personalidad jurídica propia. Tendrá su sede en la capital del Departamento y estará constituido en la siguiente forma:

Presidente: Prefecto del Departamento, Primer Vice Presidente: Alcalde Municipal Segundo Vicepresidente: Rector de la Universidad Mayory Autónoma Juan Misael Saracho. Tercer Vice Presidente: Ilustrísimo Obispo de la Diócesis. Vocales: Representantes titular y suplente de las siguientes Instituciones: Comité Pro Defensa de los intereses de Tarija; Organizaciones Sindicales obreras; Federación Universitaria Local (FUL); Federación de ex-Combatientes y Beneméritos de la Patria; Federación Departamental de Profesionales; Federación Departamental de Campesinos; Delegados titular y suplente de cada una de las provincias del Departamento; Un secretario general permanente y un tesorero, designados por el Comité, ambos rentados.

Artículo 2º.- El Comité redactará y aprobará su reglamento interno. Estará asesorado por los organismos fiscales de Planificación y Desarrollo, y podrá crear subcomités de asistencia técnica especializada.

Artículo 3º.- El Comité Pro Cuarto Centenario de la Fundación de la ciudad de Tarija, tendrá como labor y objetivos esenciales:

  1. El estudio de un Plan Departamental de Desarrollo socio-económico integral en coordinación con planes regionales, sectoriales y nacionales, propendiendo, fundamentalmente, al aprovechamiento racional de los recursos naturales.

  2. Promoverá y proyectará el financiamiento de las siguientes obras en base a recursos nacionales que obligatoriamente destinará el Estado en el Presupuesto General de cada gestión, a partir de 1968, así como con la creación de impuestos y otros gravámenes y de créditos externos o internos.

    Prosecución y terminación del ingenio azucarero de Bermejo; regadío de Villamontes; carretera Tarija - Pilaya - Entre Ríos - Salinas - El Palmar y otras de vertebración departamental y nacional.

    Construcción de las variantes y obras de arte del camino Bermejo - Tarija - Potosí, de acuerdo a los estudios de la extinguida Comisión Mixta Vial Argentino - Boliviana con proyecciones a imprimirle las características de calzada estabilizada como primera etapa de inaplazable...

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