Ley 2916

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición2916
Publication DateDecember 08, 2004

LEY N° 2916

LEY DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- En cumplimiento del mandato establecido en el Artículo 4° de la Ley N° 2656, de fecha 23 de abril de 2004, transfiérase a título gratuito el inmueble denominado Maestranza el Palomar de propiedad de la Prefectura del Departamento de Tarija - Servicio Nacional de Caminos en favor de la Asociación de Municipalidades del Departamento de Tarija (AMT); inmueble actualmente registrado en la oficina de Derechos Reales de la ciudad de Tarija, bajo la Partida N° 119 del Libro Primero de propiedad de la Capital, e inscrito en el Folio 454 del Primer Anotador en fecha 1° de marzo de 1974.

ARTICULO 2°.- Procédase con el correspondiente registro de la nueva propiedad en la oficina de Derechos Reales de la ciudad de Tarija.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso...

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