Ley 911

GobiernoAdministrativa - Propiedad Pública
Número de Edición911
Publication DateJanuary 30, 1987

LEY DE 26 DE ENERO DE 1987

Nº 911

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. - Las Aeronaves a que se refiere el Decreto Supremo 21408 de 26 de septiembre de 1986, que no hubieren sido reinscritas en el plazo de sesenta días establecido por el artículo 1º de la indicada diposición legal, probando el derecho de propiedad de sus poseedores, así como su correcta importaciónal país y la legalidad de las actividades en que son empleadas, serán incautadas y entregadas en propiedad de la Fuerza Aérea Boliviana, con registro en la Dirección de Bienes del Estado.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de enero de mil...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT