Ley 3235

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Degradación- Recuperación Ambiental
Número de Edición3235
Publication DateNovember 07, 2005

LEY N° 3235

LEY DE 21 DE OCTUBRE DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declárese de prioridad departamental y necesidad pública regional, la implementación del Plan de Acción Ambiental de la Mancomunidad de Municipios del Cono Sur del Departamento de Cochabamba.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Desarrollo Sostenible, la Prefectura del Departamento y los Municipios comprendidos en la Mancomunidad de Municipios del Cono Sur, quedan encargados de incorporar en los correspondientes planes operativos y presupuestarios la preinversión e inversión necesarias para la ejecución de los proyectos comprendidos en el mencionado Plan.

ARTICULO 3. Autorízase al Poder Ejecutivo, a través de las instancias señaladas en el Artículo 2 de la presente Ley, gestionar financiamiento ante la comunidad internacional a objeto de complementar los recursos económicos suficientes con la finalidad de ejecutar los proyectos contemplados en el Plan, para lograr los beneficios de desarrollo integral sostenibles...

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