Ley 659

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Básica; Servicio De Agua
Número de Edición659
Publication DateNovember 10, 1984

LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 1984

No. 659

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Declárase de prioridad, necesidad y utilidad pública la construcción de los sistemas de alcantarillado sanitario y pluvial en la zona de El Alto de La Paz provincia Murillo del departamento de La Paz.

ARTICULO 2o.- Autorízase al Poder Ejecutivo gestionar el crédito externo necesario para la ejecución de las obras, debiendo consignarse en los presupuestos generales de la Nación la partida correspondiente al aporte local.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dado enSala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

Fdo. Julio Garrett Aillón...

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