Ley 2652

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición2652
Publication DateMay 05, 2004

LEY N° 2652

LEY DE 20 DE ABRIL DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de El Alto, en observancia de la normativa vigente, transferir a título oneroso, a favor de la Federación Unica de Trabajadores en Carne y Ramas Anexas, el inmueble y muebles del Matadero Municipal; ubicado en la zona Los Andes, con una superficie de 33.260.24 m2., colindante al Este con SEMAC, al Oeste con SEMAC, al Oeste con Camet S.A., al Norte con Molino Andino y Petrisevic y al Sur con la Urbanización Candelaria, con la obligación de parte de la Federación Unica de Trabajadores en Carne y Ramas Anexas de brindar el servicio y mantener en funcionamiento el Matadero, bajo pena de reversión a propiedad municipal, en caso de incumplimiento.

Remítase al Poder Ejecutivo...

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