Ley 827

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición827
Publication DateApril 14, 1986

LEY DE 3 DE ABRIL DE 1986

No. 827

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1o.- Créase el cantón Catacora, en la jurisdicción de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz, cuyos limites son los siguientes: al norte, con la República del Perú; al sur, con el Cantón Berenguela; al este, con el Cantón Santiago de Machaca y al oeste con la República del Perú.

ARTICULO 2o.- Las comunidades que integran el Cantón Catacora, son las siguientes: Chirijiri, Tolacolla, Callasa, Onaxo, Parachi, Pajchiri, Pata Puju y Sancani.

ARTICULO 3o.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6o. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondientey fijar loshitos respectivos.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del...

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