Ley 3019

GobiernoAdministrativa - Servicio Eléctrico
Número de Edición3019
Publication DateMay 09, 2005

LEY N° 3019

LEY DE 13 DE ABRIL DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1.- Declárase de prioridad regional la Electrificación Rural de los cantones rurales Tolapalca, K’ulta, Comunidades de Condo y del Ayllo Qaqachaca de la Provincia Avaroa del Departamento de Oruro.

ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo a través de los Ministerios de áreas correspondientes, proceda a su asignación presupuestaria, alternativamente gestionar recursos externos para su ejecución.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de marzo de dos mil cinco años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez...

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