Ley 4128

GobiernoInternacional - Administrativo
Número de Edición4128
Publication DateDecember 18, 2009

LEY Nº 4128

LEY DE 4 DE DICIEMBRE DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo Único. De conformidad con el artículo 158, atribución 10ª, de la Constitución Política del Estado se aprueba el “Acuerdo entre la República de Argentina y el Estado Plurinacional de Bolivia, sobre la construcción del puente en el paso fronterizo Salvador Mazza - Yacuiba”, suscrito en la ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de junio de 2006 y el Acta suscrita entre autoridades técnicas de Bolivia y Argentina en la ciudad de La Paz, en fecha 7 de septiembre de 2009.

Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil nueve años.

Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT