Ley 350

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición350
Publication DateOctober 22, 1967

LEY NUMERO 350.

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H.CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Créase la cuarta sección municipal de la provincia Litoral del departamento de Oruro, concapitalYUNGUYO DEL LITORAL, comprendiendo su jurisdicción las poblaciones Micaya, Ochja, Pahuma y Rejarilla; los villorrios Villa Armonía, Huaylluhuma, Jachatolahuano, Ticani, Ecansilla, Collpuma y Surpo; y la comunidad Huayna Cosillave.

Artículo 2º

Los límites de la la nueva secciónmunicipal serán: al norte, con Huachacalla, al sur, con la provincia Atahuallpa; al este, con los cantones Romero Pampa y Esmeralda; y al oeste, con la provincia Atahuallpa.

Artículo 3º

De conformidad con el artículo 6º del D.S. de 5 de diciembre de 1950, la delimitación territorial de la sección municipal Yunguyo del Litoral, estará a cargo del Instituto Geográfico Militar.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,19de octubrede 1967.

(Fdo.) Hugo Bozo Alcócer, Presidentedel H. Senado Nacional.- Jorge Ríos Gamarra, Presidentede la H. Cámara de Diputados.- Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario.- Víctor Quinteros Rasguido,Senador Secretario.-Germán Vargas...

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