Ley 405

GobiernoAdministrativa - Día Conmemorativo
Número de Edición405
Publication DateAugust 15, 1968

LEY N° 405

Dr. LUIS ADOLFO SILES SALINAS
Presidente del H. Congreso Nacional

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo 1º

Hallándose próximo el Centenario de la Fundación de Antofagasta declárase el año 1968 “Año de Antofagasta Boliviano”, debiendo las autoridades gubernamentales, civiles, militares y pueblo en general rememorar esta fecha con actos alusivos al acontecimiento histórico, consignándose en toda correspondencia pública y privada la frase: “Año de Antofagasta Boliviano”.

Artículo 2º

Se dispone que a partir de la fecha y en lo futuro, las empresas editoras, así como los autores que impriman cartas geográficas del país, cuadernos de estudio, libros, alegorías, material didáctico, etc., incluyan obligatoriamente y como siempre el territorio del Departamento del Litoral, en base a la rigurosa verdad histórica y a la doctrina que califica y desconoce las usurpaciones de territorios por la fuerza.

Artículo 3º

En toda la República, desde la fecha, las autoridades edilicias y educativas, en la nominación de plazas, calles, escuelas, colegios, etc., procederán con preferencia, dándoles mención a los cuatro puertos cautivos: Antofagasta, Mejillones, Cobija, Tocopilla y a los héroes ejemplares que defendieron la soberanía de la casta boliviana en su Litoral.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional,

La Paz, 13 de diciembre de 1967

Firmado: Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT