Ley 406

GobiernoAdministrativa - Servicio Eléctrico
Número de Edición406
Publication DateAugust 15, 1968

LEY N° 406

Dr. Luis Adolfo Siles Salinas

Presidente del H. Congreso Nacional

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A :

ARTÍCULO UNICO Queda sin efecto el sobreprecio por K

W. H. que cobra COMIBOL por suministro de energía eléctrica al Comité Departamental de Electricidad de la ciudad de Potosí, debiendo mantenerse la tarifa que regía al 31 de diciembre de 1965.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional

La Paz, 13 de octubre de 1967.

Firmado: Hugo Bozo Alcócer, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario; Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, José Calderón Llerena, Diputado Secretario.

Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga...

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