Ley 1399

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Sustantiva – Adjetiva Tributaria
Número de Edición1399
Publication DateFebruary 05, 1993

LEY No. 1399
LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Autorizar a la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de El Alto proceder a la apertura de un registro de vehículos para efectos de domicilio y recaudación de impuestos, de acuerdo a normas vigentes.

ARTICULO SEGUNDO.- A partir de la gestión 1993, se dispone en favor de la H. Alcaldía Municipal de El Alto, la participación en un 12% de la alícuota del 10% de coparticipación fijada por la Ley 843 sobre los impuestos internos y renta aduanera que percibe la H. Alcaldía Municipal de La Paz. De igual manera, sobre la misma base de coparticipación la Corporación de Desarrollo de La Paz, otorgará a la H. Alcaldía Municipal de El Alto, un 12% de su alícuota del 10% de coparticipación.

ARTICULO TERCERO.- El soporte ordinario del Tesoro General de la Nación en favor de la H. Alcaldía Municipal de El Alto, será incluído en el Presupuesto General de la Nación de la gestión 1993 y no podrá ser inferior al monto equivalente al 12% de la alícuota de coparticipación señalada en el Artículo 2do. de la presente Ley.

ARTICULO CUARTO.- Los recursos financieros provenientes de la Corporación de Desarrollo de La Paz y del Tesoro General de la Nación...

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