Decreto Ley 4219

GobiernoAdministrativa - Honorífica
Número de Edición4219
Publication DateDecember 31, 1955

10 de Noviembre 1955

DECRETO - LEY 4219

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

CONSIDERANDO:

Que mediante decreto ley Nº 4082 de fecha 11 de junio del presente año, dictado por el Gobierno de Revolución Nacional, con cargo a aprobación legislativa, se declara Beneméritos de la Patria, a los ciudadanos que concurrieron a la Campaña del Chaco y prestaron servicios en la línea de fuego, a lo Jefes y Oficiales de reserva, así como en la clase de tropa.

Que es necesario complementar dicho Decreto ley, ampliando sus efectos a los generales, jefes y oficiales de las F.F.A.A., así como a otros que también prestaron su concurso patriótico en la zona de operaciones.

Que, asimismo es necesario modificar el trámite fijado para obtención del honroso título de "Benemérito de la Patria" de la guerra con el Paraguay.

En consejo de Ministros,

DECRETA:

Artículo 1º.- La declaración de "Benemérito de la Patria de la campaña del Chaco" dispuesta por el Decreto Ley Nº 4082 se amplía en favor de os señores Genérales, Jefes y Oficiales de Armas y servicios de las Fuerzas Armadas que concurrieron a la indicada campaña como combatientes en la línea de fuego.

Artículo 2º - Quedan excluídos de esta distinción aquellos que, aunque hubiesen combatido en las líneas de fuego, incurrieron en deserción ú otros delitos graves contra la patria; así como también los generales u otros altos jefes del Ejército a quienes pueda imputarse una desacertada conducción de las operaciones militares.

Artículo 3º.- Para tramitar la declaratoria individual de Benemárito en los casos a que se refiere el presente Decreto y el Decreto Ley Nº 4082, los interesados presentarán ante el...

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