Ley 2963

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición2963
Publication DateMarch 04, 2005

LEY Nº 2963

LEY DE 3 DE FEBRERO DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Declárase de prioridad departamental el mejoramiento y mantenimiento de las carreteras en las Provincias Sud Lípez paralela a los hitos fronterizos con la República de Chile e integre los Municipios de Quetena Grande, San Pablo de Lípez, San Antonio de Esmoruco con la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.

ARTICULO 2º.- Para tal efecto se autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí realizar las gestiones necesarias, para el logro de la obra planteada.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes defebrero de dos mil cuatro años.

Fdo. Mario Diego Justiniano ApontePresidente en...

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