Ley 73

GobiernoAdministrativa - Pensión Vitalicia
Número de Edición73
Publication DateJanuary 11, 1961

LEYNo. 73.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

D E C R E T A:

Artículo único

Como gratificaciónpor los servicios prestados al país, concédese una pensión mensuaal vitalicia, al ciudadano Dr. Bernardo NavajasTrigo, equivalentea la dieta de Senador Nacional, debiendo imputarse dicha erogación al ítem Obligacionesdel Estado a partir de 1961.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,23 dediciembrede 1960.

Mario Tórrez C., Presidente del H. Senado Nacional.- E. Ayala Mercado,Presidente de la H.Cámara de Diputados.-Ciro Humboldt, Senador Secretario.- Alberto Lavadenz, Senador Secretario.-Fuad Mujaes K., Diputado Secretario.- Gmo. Muñoz de la B., Diputado...

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