Ley 3610

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Cultural
Número de Edición3610
Publication DateMarch 28, 2007

LEY Nº 3610

LEY DE 28 DE FEBRERO DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Declárase Patrimonio Cultural de Bolivia a la Milenaria Cultura Chipaya de la Provincia Sabaya del Departamento de Oruro.

ARTÍCULO 2. Se dispone que el Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios de Relaciones Exteriores y Cultos y de Educación y Culturas, inscriban en todos los registros nacionales e internacionales la declaratoria de Patrimonio Cultural de Bolivia a la Milenaria Cultura Chipaya.

ARTÍCULO 3. Se instruye al Gobierno Nacional, Prefectural y Municipal, gestionar los recursos económicos necesarios, tanto a nivel nacional como internacional, para la protección, preservación y conservación de la Milenaria Cultura Chipaya.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días...

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