Ley 1277

GobiernoAdministrativa - Servicio Eléctrico
Número de Edición1277
Publication DateNovember 22, 1991

LEY Nro. 1277
LEY DE 14 OCTUBRE DE 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase de necesidad nacional, la electrificación de los pueblos: Belén, Yascapi, Hornos, Vilacaya, Totorapalca, Pampa Tambo, Ñuqui, Kepellu, Otavi, Mojona y Yawisla; jurisdicción de las Provincas Linares y Nor Chichas del departamento de Potosí.

ARTICULO SEGUNDO.- Encomiéndase al Ministerio de Energía e Hidrocarburos la realización del estudio de factibilidad y en su caso diseño final, para la electrificación de las poblaciones mencionadas en el artículo precedente.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.

...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT