Ley 2664

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición2664
Publication DateMay 05, 2004

LEY Nº 2664

LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad regional la aplicación de los resultados de las mesas de concertación en la definición e instrumentalización de políticas de desarrollo socio - económico en el Departamento de Tarija.

ARTICULO 2°.- Créase los fondos de apoyo a los sectores productivos constituidos por aportes de recursos financieros por parte de la Prefectura y de los productores, los que serán administrados en fideicomiso por instituciones financieras bajo directrices de los aportantes.

ARTICULO 3°.- Dispóngase la creación de una unidad técnica encargada de la búsqueda de mercados y recursos financieros nacionales y externos para promover la actividad económica departamental.

ARTICULO 4°.- Se autoriza a la Prefectura y Municipalidades del Departamento de Tarija ejecutar obras de riego y dotación de energía que benefician al desarrollo del sector productivo.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT