Ley 2670

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición2670
Publication DateMay 05, 2004

LEY Nº 2670

LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad regional, la construcción de una Presa en el cauce del Río Calderillas del Departamento de Tarija.

ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo y la Prefectura del Departamento de Tarija, quedan encargados de gestionar el financiamiento ante organismos nacionales e internacionales.

ARTICULO 3°.- La Prefectura del Departamento de Tarija, realizará la inmediata complementación de los estudios de impacto ambiental para su gestión y ejecución.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de abril de dos mil cuatro años.

Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Oscar...

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