Ley 147

GobiernoAdministrativa - Organización Institucional
Número de Edición147
Publication DateJanuary 17, 1962

No. 147. LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 1961.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL CONGRESO NACIONAL

D ECRETA:

Artículo 1º - Créase la DIRECCION GENERAL DEL HIERRO Y MATERIALES SIDERURGICOS, dependiente del Ministerio de Minas y Petróleo, que tendrá a su cargolos estudios y tramitaciones referente a la explotación e industrialización de los minerales de hierro existentes en el territorio de la Nación. Todos los documentos que existen tanto en el Ministeriode Minas como en el Banco Minero pasarán a centralizarse en esta Dirección General:

Artículo 2º - Son facultades y funciones de la Dirección General:

a)Elaborar un plan de explotación de los yacimientos de hierro de Mutun y los que existieran en el territorio nacional.

b)En cuantoresulte conveniente, dentro de su particular organización y para el mejor aprovechamientotécnico-económico de la industria del hierro, la Dirección General deberá estudiar la forma de establecer el capital necesario para la explotación integral o parcial del hierro.

c)Estudio de las fuentes hidrológicas de la región oriental del país.

d)Estudio de los combustibles aplicados en la industria del hierro (carbones vegetales,aceites minerales y vegetales, residuos industriales, gasesnaturales, alcoholes, etc.).

e)Estudios sobre materiales siderúrgicos y de construcciones (cemento, calizas, balastos, materiales...

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