Ley 458

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición458
Publication DateJanuary 28, 1969

LEY Nº 458

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1º.- Se autoriza al Consejo Nacional del Menor, a ceder, con carácter gratuito, en favor de las familias que se hallan en posesión actual, los terrenos ubicados en la zona conocida bajo el nombre de "Brisas del Acre", con destino a la construcción de viviendas.

Artículo 2c.- El Consejo Parroquial de Cobija y la Alcaldía Municipal intervendrán en la entrega de los lotes a cada familia ocupante, previa comprobación fehaciente de la posesión adquirida tiempos atrás.

Artículo 3º.- Autorízase a la Alcaldía Municipal de Cobija adjudicar al Consejo Nacional del Menor, en compensación de los lotes cedidos, otros terrenos de propiedad municipal, que sean de la misma calidad y de igual extensión, a satisfacción de Coname.

Artículo 4º.- Dicha Alcaldía otorgará los títulos de propiedad, a cada familia beneficiada.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 19 de diciembre de 1968.

Manfredo Kempff Mercado

Presidente del H. Senado Nacional

Oscar Ortíz Avaroma

Senador Secretario.

Germán Vargas Martínez

Diputado Secretario.

Franz Ondarza...

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