Ley 2369

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición2369
Publication DateJune 14, 2002

LEY Nº 2369

LEY DE 10 DE MAYO DE 2002

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) a transferir, a título gratuito, en favor del Municipio de Yocalla, provincia Tomas Frías del Departamento de Potosí, los siguientes bienes:

· Rancho en la Palca, con una superficie construida de 1.000 m2.

· 9 viviendas en la Palca, con una superficie construida de 100 m2, cada una.

· 1 Terreno ubicado en la Palca, con una superficie de 15.000 m2.

· 67 viviendas en Santa Lucia.

· 1 despacho ubicado en Santa Lucia en el Sector "A", con una superficie construida de 45m2.

· 1 Escuela Walter Vargas, Santa Lucia, ubicada en la calle interna "A" con una superficie de terreno de 470.17 m2.

· 1 depósito de mercaderías, ubicado en Santa Lucía, con una superficie construida de 144.00 m2.

· 1 cancha de Tenis, ubicada en la calle interna "A", con una superficie de terreno de 1.608.00 m2.

· 1 Mercado, Ubicado en Santa Lucía.

ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) a transferir, a título gratuito, en favor de la Prefectura del Departamento de Potosí, los siguientes bienes:

· 33 viviendas

· 3 lavanderías

· Una pulpería

· Una carnicería

· Un depósito

· Una cancha de Básquet

· Un cine

ARTICULO TERCERO.- Los inmuebles y bienes transferidos al Municipio de Yocalla y a la Prefectura del departamento de Potosí, serán destinados a proyectos de carácter social.

ARTICULO CUARTO.- El...

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