Ley 1761

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición1761
Publication DateMarch 10, 1997

LEY Nº 1761

LEY DE 28 DE FEBRERO DE 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia(COMIBOL) la transferencia, a título oneroso, de las viviendas de propiedad de la Empresa Minera “San José” ubicadas en el campamento de San José, campamento de Itos, ex escuela Itos y en el inmueble de las calles Santa Cruz y Vásquez de la ciudad de Oruro en favor de los ex trabajadores mineros de la Empresa Minera “San José” que actualmente estén habitando dichas viviendas.

ARTICULO 2.- Constituirán el universo de beneficiarios:

  1. Los ex trabajadores de la Empresa Minera “San José” que se retiraron en virtud del Convenio de 20 de enero de 1994, suscrito entre el Sindicato Mixto de Trabajadores Mineros de San José, el Comité de Bases y los representantes de COMIBOL, y que estén habitando la vivienda por el lapso de al menos tres (3) años.

  2. Los ex trabajadores de la Empresa Minera “San José” retirados antes de enero de 1994 que hayan estado habitando la vivienda en el momento del retiro y que continúen habitando la misma con una antigüedad de siete (7) años por lo menos.

    Los términos de vigencia posesoria previstos en los numerales anteriores se computarán en relación a la fecha de promulgación de lapresenteLey.

    Los ex trabajadores que hayan sido retirados por faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones o tengan deudas pendientes con la Empresa quedan exceptuadas de la aplicación de la presente ley.

    ARTICULO 3.- Serán beneficiarios quienes cumplan los siguientes requisitos:

  3. Haber sido trabajador minero activo de la Empresa Minera “San José” por el tiempo de cinco (5) años como mínimo.

  4. No ser propietario de otra vivienda. La certificación de este requisito se acreditará mediante el “certificado de No Propiedad”...

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