Ley 216

GobiernoAdministrativa - Expropiación Inmueble
Número de Edición216
Publication DateDecember 26, 1962

LEY NUMERO 216

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Declárese de necesidad y utilidad públicas las expropiaciones de los terrenos adyacentes al Coliseo Deportivo de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, pertenecientes a los señores José Mercado Campodónico y René Peredo con una extensión de 700 y 790 metros cuadrados respectivamente, los mismos que servirán para las ampliaciones necesarias en dicho Coliseo.

Artículo 2º

La Prefectura del Departamento de Santa Cruz hará los trámites de expropiación de conformidad a la Leyde 30 de diciembre de 1884.El pago de dichos terrenos serán canceladospor el Comité de Construcciones Deportivas del departamento de Santa Cruz, con fondos provenientes de la Papeleta Valorada.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,15 de noviembrede 1962.

(Fdo.) Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional.- Jorge Flores Arias, Presidente de la H. Cámara de Diputados.-Ciro Humboldt B., Senador Secretario.-Eduardo Ochoa, Senador Secretario.-...

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