Ley 3087

GobiernoAdministrativa - Monumento Nacional
Número de Edición3087
Publication DateJuly 04, 2005

LEY N° 3087

LEY DE 23 DE JUNIO DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1º.- Declárase Monumento Nacional de la República de Bolivia al Edificio Legislativo, Edificio Constitución, ubicado en la Plaza Murillo de la ciudad de La Paz.

Artículo 2.- Los Poderes Legislativo y Ejecutivo gestionarán y en su caso asignarán financiamiento necesario para la protección y conservación de este monumento nacional.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil cinco años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortéz, Juan Luis Choque Armijo...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT