Ley 2252

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición2252
Publication DateOctober 12, 2001

LEY Nº 2252

LEY DE 9 DE OCTUBRE DE 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A :

ARTICULO UNICO.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59°, numeral 7° de la Constitución Política del Estado, autorizase al Poder Ejecutivo, a transferir, a título gratuito, el fundo rústico "EL CUPESI", de propiedad de Y.P.F.B., ubicado en la Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz, a favor de la Universidad Autónoma "Gabriel René Moreno" de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, para su venta y el pago de pasivos adeudados al Seguro Universitario y Administradoras de Fondos de Pensiones.

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de...

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