Ley 334

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Educativa
Número de Edición334
Publication DateSeptember 27, 1967

LEY NUMERO 334.

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

En ejercicio de la atribución 8ª del artículo 59 de la Constitución Política del Estado y con cargo al Fondo Nacional de Edificaciones Escolares, autorízase al Poder Ejecutivo la adquisición o construcción de dos locales escolares, dando ejecución a los puntos primero y segundo del convenio firmado el de 2 agosto de 1967 entre el Ministerio de Educación y las Federaciones de Estudiantes de Secundaria y Maestros Urbanos del departamento de Santa Cruz.

Artículo 2º

Uno de los referidos inmuebles será destinado al funcionamiento del Colegio “Gastón Guilleaux” y alLiceo “Josefina Gotia” en la ciudad de Santa Cruz.El segundo local será para el Colegio Secundariode la ciudad de Montero, capital de la Provincia Santiesteban del citado Departamento.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para losfines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,18 de septiembre de 1967.

(Fdo.) Hugo Bozo Alcócer, Presidentedel H. Senado Nacional.- Jorge Ríos Gamarra, Presidentede la H. Cámara de Diputados.- Oscar Ortiz...

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