Ley 3173

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición3173
Publication DateOctober 12, 2005

LEY N° 3173

LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declárese de prioridad departamental la Construcción de un Matadero para el faenado de ovinos, porcinos y bovinos en el Municipio de Quillacollo del Departamento de Cochabamba.

ARTICULO 2. La Prefectura del Departamento de Cochabamba y el Municipio de Quillacollo, quedan encargados de gestionar los recursos económicos necesarios para la construcción de la mencionada obra.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan...

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