Ley 3255

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3255
Publication DateDecember 29, 2005

LEY N° 3255

LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declarar de prioridad nacional la construcción y pavimentado del tramo caminero Riberalta - Guayaramerín, con un alcance de aproximadamente 86.00 kilómetros.

ARTICULO 2. Instruir a los Ministerios de Hacienda, de Servicios y Obras Públicas y Servicio Nacional de Caminos, tramitar ante Organismos Internacionales el financiamiento para el estudio a diseño final y la construcción y pavimentado del Proyecto.

ARTICULO 3. La Prefectura del Beni quedará encargada de desembolsar recursos, para la ejecución del Proyecto de pavimentado y éstos serán reconocidos como contraparte del Proyecto.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.

Fdo...

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