Ley 666

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición666
Publication DateDecember 21, 1984

LEY DE 1 DE NOVIEMBRE DE 1984

No. 666

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Créase la Segunda Sección de la Provincia Linares del Departamento de Potosí, con su capital Caiza "D", comprendiendo dentro de su jurisdicción a los Cantones Tuctapari, Cuchu-Ingenio, La Lava y los villorios Chajnacaya, chillama, Poncochi, así como los ayllos Chorcha, Kollana, Mangasaya, Kapakanaca y Uruquilla, siendo los límites de la Segunda Sección: al Norte con la Provincia Tomás Frias, al Sur con la Provincia Nor Chichas, al Este con el Cantón Vilacaya y la Provincia Nor Chichas y al Oeste con la Provincia Quijarro.

ARTICULO 2o.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad, al Artículo 6o del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones de la Segunda Sección, levantando el plano correspondiente y fijando los hitos respectivos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo...

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