Ley 1859

GobiernoInternacional - Migraciones
Número de Edición1859
Publication DateJune 22, 1998

LEY No 1859

LEY DE 3 DE.JUNIO DE 1998

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59, Atribución l2a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio de Migración entre la República, de Bolivia y la República Argentina, suscrito en Buenos Aires el 16 de febrero de 1998.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones delHonorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho años.

Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Gonzalo Aguirre...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT