Ley 2577

GobiernoAdministrativa - Transferencia Mueble
Número de Edición2577
Publication DateDecember 18, 2003

LEY N° 2577

LEY DE 9 DE DICIEMBRE DE 2003

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Autorízase al Ministerio de Hacienda la transferencia, a título gratuito de bienes consistentes en materiales y equipos de transporte ferroviario tales como: locomotoras, coches metálicos y de madera y otros equipos de propiedad de la ex Empresa Nacional de Ferrocarriles, a favor del Gobierno Municipal de Uyuni, de conformidad al “Acta de Inventariación de Materiales”, realizada entre ambas instituciones en fecha 5 de mayo de 2000.

ARTICULO 2º.- El material y equipo motivo de transferencia consta de 16 (dieciséis) locomotoras a vapor; 11(once) coches pasajero de madera; 5 (cinco) equipos de grúa; 1 (un) coche motor; 1(un) equipo liviano; 2 (dos) piezas de remolque; 4 (cuatro) piezas de vía y empuje; 4 (cuatro) coches metálicos fabricados en Uyuni; 5 (cinco)estructuras para transporte en áreas de recreación; 4 (cuatro) artefactos (considerados reliquias); otros artefactos menores de valor histórico.

ARTICULO 3º.-Los bienes transferidos serán empleados específicamente en la implementación del proyecto de “Museo Ferroviario” en el marco del programa de promoción del sector...

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